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Ordenanza Nº 3306/05 - MODIFICA LA OGI - TARIFAS BALNEARIO MUNICIPAL

Visto:

La Ordenanza Nº 2730 sancionada por el Concejo Municipal en fecha 18/02/2000 y promulgada mediante Decreto Nº 031 de fecha 25/02/00, y;

Considerando:

Que es necesario y pertinente actualizar los montos impuestos en concepto de uso del balneario municipal, en virtud que los que se perciben actualmente, debido a las variantes económicas que sufrió nuestro país en los últimos años, son ínfimos en comparación con otras jurisdicciones, además de no alcanzar siquiera de manera mínima para hacer frente, aunque sea en parte, a los gastos de mantenimiento del mismo.

Que a tales efectos, deberá modificarse el art. 52 de la Ordenanza citada, aumentando los costos por uso de casilla-vestuario (mayores y menores) y pérdida de chapa identificatoria, agregando además el cobro del carné.

Que por otro lado, y atento a que en la División Patentamiento de la Municipalidad de Venado Tuerto se encuentran a disposición de quienes lo requieran los nuevos formularios 1057 reglamentarios para los diferentes trámites sobre patente vehicular, en virtud que el Municipio deberá cobrar el costo de los mismos a los distintos Registros de Propiedad Automotor y al público que así lo solicite, corresponde efectuar la modificación pertinente en la Ordenanza Nº 2730/00 (“Capítulo VIII – Sellado Administrativo y otras prestaciones”), agregando al art. 58 el nuevo inciso “L”, determinándose en tal inciso los costos económicos de los formularios citados conforme una escala según la cantidad de formularios que se adquieran.

Que por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

ORDENANZA

Art. 1º. Modifíquese el art. 52 de la Ordenanza Nº 2730/2000, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

Art. 52: El público concurrente al balneario municipal abonará por día del mismo y sus dependencias:

a) Casilla – vestuario (Mayores)----------------$1,00

b) Casilla – vestuario (Menores)----------------$0,50

c) Perdida de chapa identificatoria--------------$4,00

d) Cobro de carné para uso natatorio (una vez por temporada)--$2,00

Art. 2º. Modifíquese el artí. 58 de la Ordenanza Nº 2730/2000, agregándose al mismo el inciso “L” cuya redacción quedará de la siguiente manera:

Art. 58: Ordenanza 1900/1990

El sellado administrativo municipal establecido en el presente Capítulo y en el Código Tributario Municipal, se abonará:

A) Por cada solicitud que se presente en Mesa de Entrada, se responde el origen con: $2,00

B) Por cada foja subsiguiente de todo expediente al inicio del trámite
$1,00

C) Por confección de convenios de pago en cuotas se repondrá el origen con $3,00

D) Por cada certificado o informe requerido p/ interesados referentes a inmueble o extendido por cualquier dependencia municipal excepto carné de conductor y tasa para desinfección y libre deuda de inmuebles $5,00

E) Por solicitud de toma de conocimiento para realizar espectáculo $3,00

F) Por solicitud de prórroga de espectáculo $2,00

G) Por gastos de franqueo el que corresponda $----

H) Por certificado de libre deuda, por transferencia de vehículo automotor
$7,00

I) Por confección formulario 1002 - Patentes $2,00

J) Por copias de ordenanzas y otras reglamentaciones solicitadas por terceros por hoja $0,10

K) Por confección de actas, notificaciones, copias fotográficas y demás actuaciones inherentes a infracciones de tránsito $30,00

L) Por entrega de los formularios Nº 1057 (A, B o C) a los registros del automotor y al público en general, según la siguiente escala:

De 1 a 10 formularios-------------- $075

De 11 a 50 formularios------------ $0,50

De 51 a 100 formularios----------- $0,25

Art. 3º. Comuníquese, publíquese y archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veintitrés días del mes de noviembre del año dos mil cinco.

Información adicional

  • Expediente: Expte. 3074-I-99
  • Derogada: No

Concejo Municipal | Sarmiento 698 | TEL: 03462 - 438648 | Venado Tuerto | Santa Fé | Argentina

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