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Ordenanzas por Año

Ordenanza Nº 3705/09 - Crea la Dirección Municipal de Viviendas


Visto:
Que es necesario emprender una decidida acción destinada a disminuir el déficit habitacional en la ciudad; y,

Considerando:
Que el poder público local se ha planteado la necesidad de centralizar en un área específica del municipio la problemática establecida precedentemente y las estrategias inherentes a la atención y resolución del problema de la vivienda de interés social.
Que para ello es necesario dar estructura propia y autonomía al área que al efecto se cree para optimizar y agilizar su gestión.
Que la complejidad de la problemática habitacional y la diversidad de actores sociales a los que afecta, específicamente inquilinos, propietarios de viviendas Fo.Na.Vi., ocupantes de terrenos en forma precaria, etc.; hace que sea imprescindible articular las acciones necesarias para dar una respuesta integral a través del diseño y ejecución de planes y programas que tengan como objetivo central el acceso a la vivienda única familiar
Que el déficit habitacional se ha incrementado en los últimos años debido al crecimiento vegetativo de la población y a un vasto y complejo proceso de migraciones internas.
Que existen planes, programas y proyectos a nivel nacional, provincial y municipal relacionados con la temática indicada, los cuales podrán ser articulados debidamente con la realidad social local con el auxilio de la Municipalidad de Venado Tuerto, la cual cuenta en la Secretaría de Obras Públicas y Planeamiento y en la Subsecretaría de Acción Social con profesionales idóneos que vienen participando en los programas vigentes.
Que la problemática habitacional afecta de manera directa a una amplísima franja de la población que se encuentra impedida de gozar efectivamente de un derecho que incide de forma directa en el desarrollo integral de la persona y su entorno familiar.
Que la problemática habitacional forma parte de las cuentas pendientes que el Estado de derecho y la legalidad democrática tienen con una parte importante de la sociedad, para lo cual es imprescindible apelar a todas las herramientas legales y políticas que estén al alcance para hacer de la vivienda digna un bien accesible para amplias capas de la población local.
Que el conjunto de antecedentes relacionados permite justificar debidamente la necesidad de una norma que regule la materia en cuestión.
Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

ORDENANZA

Art.1º.- Créese la Dirección Municipal de Vivienda como organismo dependiente de la Secretaría de Obras Públicas y Planeamiento de la Municipalidad de Venado Tuerto.

Art.2º.- La Dirección Municipal de Vivienda tendrá a su cargo competencias referidas a:

1. Aplicar y controlar la legislación provincial y nacional en materia de viviendas de interés social.
2. Programar y ejecutar planes de construcción de viviendas.
3. Estimular y promover la actividad privada en la producción de viviendas de interés social.
4. Establecer, para el cumplimiento de sus fines, relaciones con personas físicas y jurídicas u organizaciones no gubernamentales y otros entes públicos o privados, y conceder préstamos y fijar sistemas de financiación.
5. Propender a la fabricación de materiales y productos para la construcción, los que se destinarán a las obras que se ejecuten.
6. Implementar conjuntamente con la Dirección de Acción Social de la Municipalidad de Venado Tuerto estrategias de resolución de problemáticas relacionadas con la emergencia habitacional.
7. Coordinar y supervisar los planes de vivienda nacionales, provinciales y municipales en funcionamiento, entre ellos Pro.Me.Ba., Programa Federal de Viviendas, Programa Federal de Emergencia Habitacional, Entrega de Materiales a Familias con Extrema Situación Social; y todo otro programa relacionado con esta temática a implementarse en el futuro, entre ellos el Programa Municipal de Préstamos Hipotecarios, el Banco de Materiales y el Banco de Tierras.
8. Gestionar e implementar los distintos programas oficiales y no gubernamentales existentes.
9. Concentrar las actuales gestiones relacionadas con la problemática de la VIS, lo que permitirá organizar y controlar más efectivamente las acciones que se estén llevando a cabo.

Art.3º.- Dispóngase que la Dirección Municipal de Vivienda funcionará con el siguiente organigrama y se cubrirá con los profesionales con que cuente la Municipalidad de Venado Tuerto para integrar un equipo técnico responsable de la gestión integral de todos los planes, programas y proyectos relacionados con esa temática, comprendiéndose en ello el seguimiento de los mismos desde la presentación de solicitud del postulante hasta la entrega de la vivienda terminada, pasando por el control de la administración de la obra y los fondos necesarios para su realización; y que deberá estar integrado, dependiendo de la cantidad de viviendas que se ejecuten, por:

1 Director.
1 Contador/a integrante del organigrama municipal, afectado parcialmente a esta tarea.
1 Administrativa/Secretaria
1 Profesional ó Asistente Técnico integrante del organigrama municipal, afectado parcialmente a esta tarea.
1 Asistente Social integrante del organigrama municipal, afectado parcialmente a esta tarea.
1 Agrimensor integrante del organigrama municipal, afectado parcialmente a esta tarea.
1 Abogada / Escribana integrante del organigrama municipal, afectado parcialmente a esta tarea.

RESPONSABILIDADES Y FUNCIONES
Fíjense a continuación las responsabilidades primarias y funciones de cada integrante del equipo de trabajo de la Dirección Municipal de Vivienda, sin perjuicio que el Departamento Ejecutivo Municipal modifique en el futuro alguna de ellas de acuerdo a los lineamientos político institucionales que quiera implementar.

Inc a) DIRECTOR DE VIVIENDA
El Director Municipal de Vivienda tendrá las siguientes atribuciones y deberes:

1. Coordinar y dirigir las acciones del personal de su dependencia, supervisando el correcto y ágil cumplimiento de las tareas asignadas.
2. Disponer y ejecutar lo necesario a fin de aplicar y controlar la ejecución de toda la legislación sobre vivienda.
3. Elaborar y elevar al Departamento Ejecutivo Municipal para su aprobación los planes generales de trabajo y de inversión de fondos.
4. Aprobar los reglamentos de adjudicación, financiación y uso de las viviendas correspondientes a cada programa.
5. Organizar el funcionamiento de la Dirección Municipal de Vivienda y dictar los reglamentos internos con sujeción a las normas vigentes y a esta Ordenanza
6. Atender la planificación y localización de las inversiones.
7. Supervisar la ejecución de los distintos programas.
8. Interpretar las políticas emanadas del Departamento Ejecutivo Municipal para la concreción de los objetivos fijados, atendiendo a la planificación y localización de las inversiones previstas.
9. Establecer las pautas, estudios e investigaciones para la toma de decisiones sobre la aplicación de los recursos disponibles.
10. Determinar los procedimientos tradicionales o innovativos adecuados para la materialización de las obras.
11. Determinar las acciones de verificación y control de las obras y los estudios relacionados con los procedimientos de ejecución.
12. Verificar el cumplimiento de las diversas normas vigentes.
13. Gestionar ante los organismos competentes la provisión de servicios e infraestructura imprescindibles para el funcionamiento de las viviendas.
14. Establecer las instancias de seguimiento de los procesos, desde el inicio de la tramitación hasta la concreción de la obra.
15. Compatibilizar con otros organismos normas y proyectos sobre equipamiento comunitario e infraestructura, elaborando acuerdos de complementación con los mismos.
16. Intervenir en la organización de auditorias, inspecciones y/o peritajes a efectos de lograr el óptimo aprovechamiento de los recursos humanos y materiales disponibles.

Inc b) CONTADOR
1. Evaluar la documentación presentada por los postulantes y dictaminar sobre su incorporación a los distintos programas.
2. Colaborar en la estimación de los recursos financieros necesarios para la marcha de las obras y en la determinación de los montos para el pago de las obras ejecutadas.
3. Intervenir en las auditorias internas y externas que se realicen.
4. Estudiar, analizar y proponer distintas alternativas que se puedan instrumentar referidas a los sistemas de control, verificación y certificación de las obras.
5. Intervenir en la confección del presupuesto anual.
6. Asesorar sobre la asignación de recursos para los distintos programas, compra de tierra, fabricación de materiales, etc.
7. Atender el proceso de emisión y control de las certificaciones de obra para la efectivización de los desembolsos correspondientes.

Inc c) ADMINISTRATIVA / SECRETARIA
1. Asistir al titular de la Dirección Municipal de Vivienda brindando apoyo administrativo e informático.
2. Verificar la concreción y el cumplimiento de las tramitaciones y diligencias encomendadas.
3. Verificar los informes, escritos, órdenes y documentación producida desde la Dirección hacia los estamentos internos y externos.
4. Recibir la documentación que ingresa, registrarla, clasificarla, conservarla y documentar la que egresa.
5. Organizar biblioteca y archivos.
6. Efectuar el seguimiento de las acciones, generando los informes requeridos por la Dirección o por los organismos intervinientes.
7. Establecer la agenda de audiencias y requerimientos.
8. Atender e informar al público asistente, profesionales, etc.

Inc d) PROFESIONAL / ASISTENTE TÉCNICO
1. Colaborar en la elaboración de los proyectos de los conjuntos de viviendas, su equipamiento e infraestructura, con el desarrollo de los prototipos a utilizar según el programa.
2. Mantener actualizada la documentación técnica inherente a cada programa y a cada prototipo.
3. Participar en los informes de carácter técnico cuando así se lo requiera.
4. Intervenir en el relevamiento del sitio de implantación de cada proyecto o programa, verificando las diversas certificaciones correspondientes al equipamiento y a las redes de servicio existentes.
5. Realizar y mantener actualizados los cómputos y presupuestos de las diversas tipologías con su infraestructura completa.
6. Elaborar diagnósticos respecto al uso de distintos materiales y tecnologías.
7. Supervisar el proceso de diseño de los prototipos y/o conjuntos habitacionales.
8. Colaborar en el desarrollo de los pliegos de especificaciones técnicas.
9. Evaluar técnicamente las propuestas emanadas de los proyectistas ajenos a la Dirección.
10. Colaborar en la elaboración de las normas técnicas que rijan los distintos programas.
11. Colaborar en el control y fiscalización de la ejecución de las obras.
12. Colaborar en el control de los trabajos, para que se realicen conforme a las especificaciones contractuales.
13. Verificar la documentación de la obra y confeccionar la inherente al seguimiento de cada programa, y especialmente los libros de órdenes de servicio, las planillas de medición y las certificaciones necesarias.
14. Efectuar la medición mensual de los trabajos y generar el respectivo certificado de obra.

Inc e) ASISTENTE SOCIAL
1. Realizar las acciones necesarias con relación a la adjudicación de los programas habitacionales.
2. Participar de los relevamientos de captación y caracterización de la demanda para fundamentar la localización de las inversiones.
3. Diligenciar administrativamente las actuaciones que se inicien sobre denuncias, irregularidades, transferencias, permutas, renuncias, etc.
4. Efectuar las tareas específicas que refieren a la tramitación de selección de postulantes y propuestas de adjudicación de unidades.
5. Organizar el registro de postulantes para los diferentes programas que se implementen.
6. Proporcionar la información actualizada respecto a la situación ocupacional de las unidades y llevar a cabo las verificaciones en el lugar que sean necesarias.
7. Atender al público en lo que se refiere a las actividades propias de su área.
8. Coordinar los trámites y gestiones con organismos nacionales y provinciales en los aspectos de su competencia.

Inc f) AGRIMENSOR
1. Organizar toda la documentación inherente a la disponibilidad de terrenos para los distintos programas a implementarse.
2. Analizar, evaluar y dictaminar sobre la documentación presentada por los postulantes en relación a la donación de terrenos en caso de implementarse programas de préstamos hipotecarios.
3. Realizar las verificaciones de límites y amojonamiento necesarias para entregar los terrenos para los distintos programas.

Inc g) ABOGADO / ESCRIBANO
1. Brindar el asesoramiento en materia jurídico-legal en todas las actividades propias de la Dirección.
2. Verificar el cumplimiento estricto de toda reglamentación y legislación vigente e inherente a los objetivos de la Dirección.
3. Estudiar y promover modificaciones a las reglamentaciones vigentes referidas a las cuestiones sociales, de obras públicas y/o del personal de la Dirección.
4. Verificar el cumplimiento de plazos y términos legales.
5. Asesorar sobre la interpretación de normas legales y reglamentarias vigentes.
6. Coordinar y supervisar la redacción de reglamentos de Adjudicación, ocupación y uso de las viviendas a construirse.
7. Colaborar en la redacción de pliegos de licitación y en la normativa de los programas existentes o a crearse.
8. Controlar y supervisar los contratos que deban suscribirse.
9. Intervenir en los casos de morosidad en el pago de cuotas de las viviendas y asesorar a la Dirección en la modalidad de acción.
10. Coordinar y organizar todas las tareas relacionadas con los asuntos notariales de la Dirección.
11. Aplicar y ejecutar las normas vigentes relacionadas con la escrituración de viviendas.
12. Gestionar y elaborar los instrumentos a través de los cuales se transfieran inmuebles y se acepten donaciones.
13. Supervisar las tareas y establecer la metodología relacionada con la elaboración y formalización de instrumentos notariales y contratos a suscribir con los adjudicatarios.
14. Aportar la documentación para el otorgamiento de escrituras.
15. Coordinar los trámites y gestiones con organismos nacionales y provinciales en los aspectos de su competencia

Art.4º.- Dispóngase que la Dirección Municipal de Vivienda funcionará en una oficina que al efecto se destine atendiendo en la misma los únicos integrantes de tiempo completo de la misma, el Director y la Administrativa/Secretaria

Art.5º.- Dispóngase prever la creación de la partida presupuestaria específica necesaria para el funcionamiento de la Dirección Municipal de Vivienda dentro del presupuesto financiero de la Municipalidad de Venado Tuerto.

Art.6º.- Comuníquese, publíquese y archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veintidós días del mes de abril del año dos mil nueve.

Información adicional

  • Expediente: Expediente Nº 4426-C-08
  • Derogada: No

Concejo Municipal | Sarmiento 698 | TEL: 03462 - 438648 | Venado Tuerto | Santa Fé | Argentina

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