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Ordenanza Nº 2220/93 - Amplía el presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos de la Municipalidad

VISTO

La ejecución presupuestaria del ejercicio 1993 y analizada cada una de sus partidas surge la necesidad de incrementar sus montos a aquellas que resultan insuficientes para efectuar los pagos y:

CONSIDERANDO:

Que al elevar el presupuesto en ejecución los montos de las partidas de sueldos fueron reducidas quedando las mismas con los importes de ejercicio anterior, pero el cumplimiento de los compromisos asumidos con el gremio y las resoluciones de las paritarias nos obligaron a otorgar un aumento en los básicos de un treinta por ciento (30%), este porcentaje influye obviamente en los cálculos originales obligando a solicitar un incremento de las cifras presupuestadas.

En los gastos de funcionamiento la partida Combustibles y Lubricantes Aeródromo que corresponde a las ventas que se realiza a las empresas privadas, sus valores depende de la demanda o de los trabajos que la s empresas realizan, pero su incremento se recupera en la misma proporción de su ejecución.

En el rubro de Servicios no Personales la partida Seguros y Comisiones su mayor valor se debe a las nuevas pólizas contratadas y a la renovación de las existentes, con ello se cree cubrir los riesgos y mantener y preservar los posibles siniestros, siendo sus erogaciones un beneficio.

En la partida Gastos Judiciales su monto resultó insuficiente por la atención de los juicios que la Municipalidad tiene con terceras personas y que a través del tiempo llega a su fin en cada una de las situaciones y que el cumplimiento de los plazos obliga a abonar los gastos y honorarios para que los mismos continúen en forma normal a su conclusión.

En la partida Cumplimiento Ordenanza Instituto Municipal de Previsión Social, se imputan el monto del veinte por ciento (20%) del cobro de las multas realmente ingresadas, en el corriente ejercicio la mayor atención en el ordenamiento del tránsito y el uso del radar en distintas zonas de la ciudad, incrementó la recaudación que influye en las cifras presupuestadas de la partida que solicitamos refuerzo.

En el rubro Intereses de la Deuda Pública, las partidas Por Préstamos de Entidades Financieras y por Sobregiro en Entidades Financieras, su incremento se debe al pago de los intereses del préstamo del crédito PROMUDI, cuyos vencimientos se operan de acuerdo a las partidas recibidas..
Las menores recaudaciones en la coparticipación y los descuentos que en las mismas se realizan en el presente ejercicio, influyen notoriamente en la situación financiera que debe ser compensada por los préstamos que las Entidades Financieras realizarán para cumplir funcionamiento y ésta situación se produce a pesar de los esfuerzos realizados para contener el gasto.

En Trabajos Públicos en la partida Red de Gas se cumplimentan los pedidos en los distintos sectores y de acuerdo a los mismos se realiza la inversión, ello requiere un mayor o menor monto de partida de acuerdo a los trabajos ejecutados en el ejercicio.

En el rubro Amortización de la Deuda Pública la partida PROMUDI su cifra debe ser incrementada acorde a los importes recibidos cuya devolución se efectúa al vencimiento de los préstamos recibidos, también como los intereses depende del ritmo de los trabajos realizados.

Todos los gastos e inversiones que sintéticamente relatamos más arriba serán compensados con las mayores recaudaciones obtenidas en el rubro Tributarios del Ejercicio cuyas partidas se detallan en el anexo.

En el rubro Contribución de Mejoras, la partida Red de Gas se incrementa en la misma proporción de los gastos ya que la extensión de la obra debe ser facturada y cobradas en las zonas en que los trabajos se realizan.

En el rubro No Tributarios del Ejercicio se incrementa la partida Combustibles y Lubricantes Aeródromo-Ventas en las mismas cifras que se realiza se compra, esta partida está a cargo de las empresas privadas y su ejecución depende de las utilización de las mismas.

En el rubro Tributarios de Ejercicios Anteriores y la partida Tasa y Derechos Atrasadas se incrementa merced a los mayores ingresos que por moratoria o facilidades de pagos se realizaron en el corriente ejercicio.

En el Rubro Aportes No Reintegrables la partida participación Beneficio Lateria de santa Fe se incrementa de acuerdo a las mayores recaudaciones o sea de los importes realmente recibidos de la Provincia.

Todos los incrementos en el Cálculo de Recursos compensan las mayores erogaciones y con ello se mantiene el equilibrio Presupuestario.

Por ello, el Honorable Concejo Municipal en uso de sus facultades y atribuciones sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Art. 1º.- Ampliase el Presupuesto General de Gatos en la suma de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS SETENTA Y UN MIL QUINIENTOS ($ 1.471.500.-) de acuerdo a las Planillas Anexas que se desagregan y forman parte de la presente ordenanza.

Art. 2º.- Ampliase el Cálculo de Recursos en la suma de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS SETENTA Y UN MIL QUINIENTOS ($ 1.471.500.-) de acuerdo a las Planillas Anexas que se desagregan y forman parte de la siguiente Ordenanza.

Art. 3º.- Como consecuencia de lo establecido en los artículos anteriores estimase el siguiente Balance Financiero:

I Ampliación Presupuesto
General de Gastos s/Art.1º . . . . . . . . . . . . . . . $ 1.471.500
II Ampliase Cálculo de Recursos
s/Art.2º . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . $ 1.471.500
III Resultado Financiero Preventivo . . . . . . . . . . . EQUILIBRIO

Art. 4º.- Comuníquese, publíquese y archívese.

Dada en la sala de Sesiones del HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL de Venado Tuerto, a los veintiún días del mes de diciembre del año mil novecientos noventa y tres.-

Información adicional

  • Expediente: Exp. -1004-I-93 Mensaje -042-93
  • Derogada: No

Concejo Municipal | Sarmiento 698 | TEL: 03462 - 438648 | Venado Tuerto | Santa Fé | Argentina

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