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Ordenanza Nº 2344/95 - AUTORIZA AL DEM A VISAR PLANO MENSURA PROPIEDAD SRA. NAE CUBERO

Art.1º.- Autorízase al departamento Ejecutivo Municipal a visar el
plano de mensura y subdivisión practicada por los Agrimensores Armando
Garnier y Primo Zan, de una fracción de terreno de la manzana 1, quinta
32, distrito R.1., cuya copia forma parte como ANEXO I de la presente
ordenanza.-

Art.2º.- La subdivisión a que refiere el art. 1º se identifica en el
plano de mensura como lotes "a" y "b" y tienen una superficie total de
330,00 m2, divididos en 234,30 m2 y 95,70m2 respectivamente, anexándose
el "b" al lote lindero, propiedad del señor Alfredo A. Cubero, y no
podrá transferirse independientemente, debiendo figurar en ficha
catastral.-

Art.3º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-

FUNDAMENTOS:

Los agrimensores Armando Garnier y Primo Zan solicitan a este Concejo
la aprobación del plano de mensura practicado sobre la propiedad de la
señora Nae Eugenia Hielen Cubero, ubicado en la manzana 1 de la quinta
32, Distrito R.1 de Alta Densidad poblacional.-

Se trata de la subdivisión derivada de una sucesión entre dos hermanos.
Si bien el Reglamento de Zonificación y Subdivisión de la tierra
establece condiciones de superficies mínimas para la subdivisión en esa
zona. Que en este caso no alcanzan, se ha tenido en cuenta que el lote
"b" será anexado al terreno colindante, propiedad exclusiva de otro de
los herederos. También se ha tenido en cuenta que hay una ordenanza que
estable que si uno de los inmuebles al hacerse la subdivisión, no reúne
la superficie requerida - en este caso es 250m2 y tiene 234 m2 - pero
hay una diferencia de un diez (10%) por ciento, se puede acceder a
aprobarlo. Por otra parte el otro inmueble más chico . que cubre la
superficie perfectamente y que la ordenanza autoriza siempre y cuando
se establezca en la escritura que no es transferible en forma
independiente. De esta manera, con esta salvedad, se aplica
directamente la ordenanza sin necesidad de hacer excepción alguna.-

Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso
de sus facultades y atribuciones, ha sancionado la presente ORDENANZA
Nº 2344-95, en la Sala de Sesiones, a los veintiocho días del mes de
noviembre del año mil novecientos noventa y cinco.-

Información adicional

  • Expediente: 1201-V-94
  • Derogada: No

Concejo Municipal | Sarmiento 698 | TEL: 03462 - 438648 | Venado Tuerto | Santa Fé | Argentina

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