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Ordenanza Nº 2629/98 - BECAS PARA COMPLETAR ESTUDIOS PRIMARIOS O SECUNDARIOS PARA EL PERSONAL MUNICIPAL

FUNDAMENTOS:

Poseer un nivel de instrucción primario y/o secundario es recobrar
confianza en si mismo.

Los tiempos actuales requieren una formación acorde a las
circunstancias, que permiten al hombre el acceso a mejores condiciones
de vida.-

Sin perjuicio del apoyo que merecen las campañas educativas
instrumentadas o a instrumentarse, es posible que la Municipalidad
realice una franca tarea de promoción entre su personal, estimulando a
todos aquellos que no hayan realizado o completado sus estudios
primarios o secundarios.-

La forma de estimular a dichos adultos es a través de becas que
representan al neos un incentivo que no solo contemple las finanzas
municipales, sino el tiempo de asistencia a clase que es utilizado a
veces por el personal municipal para otro tipo de tareas remuneradas
como forma de completar sus ingresos.-

Por ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus
facultades y atribuciones, ha sancionado la presente:

O R D E N A N Z A

Art.1º.- Establécese una beca a abonarse mensualmente al personal de
las categorías inferiores del escalafón municipal, cualquiera sea su
antigüedad y función, que asista regularmente a cursos para adultos con
el fin de completar el ciclo primario o secundario.-

Art.2º.- El beneficio a otorgar consistirá en un importe equivalente al
veinte por ciento (20%) del sueldo básico establecido por el Estatuto y
Escalafón para el Personal de Municipalidades y Comunas de Santa Fe
(Ley 9286).-

Art.3º.- La inscripción y regular asistencia deberá ser comprobada con
el certificado correspondiente. La presentación del mismo será
necesaria para el cobro mensual de la beca.-

Art.4º.- El Departamento Ejecutivo Municipal deberá poner en
conocimiento de la presente, al Sindicato de Trabajadores Municipales,
solicitando además la correspondiente ayuda y participación de las
instituciones educacionales para la facilitación del objetivo de la
presente Ordenanza.-

Art.5º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-

Por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, reunido en
la Sala de Sesiones y haciendo uso de sus facultades y atribuciones, ha
sancionado la presente ORDENANZA Nº 2629-98, a los diecisiete días del
mes de noviembre del año mil novecientos noventa y ocho.-

Información adicional

  • Expediente: 2809-C-98
  • Derogada: No

Concejo Municipal | Sarmiento 698 | TEL: 03462 - 438648 | Venado Tuerto | Santa Fé | Argentina

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