FUNDAMENTOS:
Poseer un nivel de instrucción primario y/o secundario es recobrar
confianza en si mismo.
Los tiempos actuales requieren una formación acorde a las
circunstancias, que permiten al hombre el acceso a mejores condiciones
de vida.-
Sin perjuicio del apoyo que merecen las campañas educativas
instrumentadas o a instrumentarse, es posible que la Municipalidad
realice una franca tarea de promoción entre su personal, estimulando a
todos aquellos que no hayan realizado o completado sus estudios
primarios o secundarios.-
La forma de estimular a dichos adultos es a través de becas que
representan al neos un incentivo que no solo contemple las finanzas
municipales, sino el tiempo de asistencia a clase que es utilizado a
veces por el personal municipal para otro tipo de tareas remuneradas
como forma de completar sus ingresos.-
Por ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus
facultades y atribuciones, ha sancionado la presente:
O R D E N A N Z A
Art.1º.- Establécese una beca a abonarse mensualmente al personal de
las categorías inferiores del escalafón municipal, cualquiera sea su
antigüedad y función, que asista regularmente a cursos para adultos con
el fin de completar el ciclo primario o secundario.-
Art.2º.- El beneficio a otorgar consistirá en un importe equivalente al
veinte por ciento (20%) del sueldo básico establecido por el Estatuto y
Escalafón para el Personal de Municipalidades y Comunas de Santa Fe
(Ley 9286).-
Art.3º.- La inscripción y regular asistencia deberá ser comprobada con
el certificado correspondiente. La presentación del mismo será
necesaria para el cobro mensual de la beca.-
Art.4º.- El Departamento Ejecutivo Municipal deberá poner en
conocimiento de la presente, al Sindicato de Trabajadores Municipales,
solicitando además la correspondiente ayuda y participación de las
instituciones educacionales para la facilitación del objetivo de la
presente Ordenanza.-
Art.5º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-
Por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, reunido en
la Sala de Sesiones y haciendo uso de sus facultades y atribuciones, ha
sancionado la presente ORDENANZA Nº 2629-98, a los diecisiete días del
mes de noviembre del año mil novecientos noventa y ocho.-
Ordenanza Nº 2629/98 - BECAS PARA COMPLETAR ESTUDIOS PRIMARIOS O SECUNDARIOS PARA EL PERSONAL MUNICIPAL
Información adicional
- Expediente: 2809-C-98
- Derogada: No