Art.1º.- Modifícase el Art. 3º de la Ordenanza Nº 1220-84, el que
quedará redactado de la siguiente manera:
"Art.3º.- Durante la veinticuatro horas (24), los ómnibus referidos
podrán estacionar solamente sobre la calle PIACENZA entre BELGRANO y
Avda. Dr. LUIS CHAPUIS, del lado que la reglamentación disponga".-
Art.2º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-
FUNDAMENTOS:
Visto la Ordenanza Nº 1220-84, por la que se regula el estacionamiento
en la vía pública de ómnibus del Transporte Público de Pasajeros
Urbanos e Interurbanos en el perímetro de la Estación Terminal de
Ómnibus.-
Considerando que el estacionamiento y la parada de ómnibus de larga
distancia que se realiza en las calles que circundan a la Estación
Terminal de Ómnibus, ocasiona cierto perjuicio los comerciantes
emplazados en las calles BELGRANO y QUINTANA, debido a que resta la
margen de los frentes comerciales a los pasajeros que se encuentran en
dicha estación.-
Que se hace necesario preservar el foco comercial que se forma en torno
a la Estación Terminal de Ómnibus.-
Que es de buen criterio limitar el estacionamiento de ómnibus a la
calle PIACENZA puesto que ahí no hay frente comercial ya que está
ubicada la Plaza Italia.-
Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, reunido en la
Sala de Sesiones y haciendo uso e sus facultades y atribuciones, ha
sancionado la presente ORDENANZA Nº 2810-00, a los seis días del mes de
diciembre del año dos mil.-
Ordenanza Nº 2810/00 - ESTACIONAMIENTO OMNIBUS EN ESTACION TERMINAL
Información adicional
- Expediente: Exp. 3451-C-00
- Derogada: No