Art. 1º.- El Departamento Ejecutivo Municipal procederá a suspender el
cobro de la Tasa General de Inmuebles a los empleados y agentes
municipales, por un lapso de tres (3) meses desde diciembre 2001 a
febrero 2002 inclusive.
Art. 2º.- Las Tasas a que refiere el Art. 1º.-, podrán ser abonadas por
el personal municipal, en seis cuotas mensuales, iguales y
consecutivas, sin interés, a partir del mes de marzo de 2002.
Art. 3º.- Comuníquese, publíquese y archívese.
FUNDAMENTOS
" La crisis que afecta al Municipio de Venado Tuerto y los factores
exógenos, sobre los que resultaría ocioso extenderse, han provocado una
situación de proporciones inimaginables en todo el territorio nacional,
de la que no están exentas las Provincias y Municipios.
" Que resulta lesivo a los derechos de los agentes municipales que, no
pudiendo atender el pago de la Tasa General de Inmuebles, por no cobrar
en tiempo y forma sus salarios, sufran el cobro de recargos por
intereses moratorios.
" Que en consecuencia, a través de esta Ordenanza, se establece la
disposición de suspender temporalmente y por el término de tres (3)
meses (Diciembre 2001-Febrero 2002), el cobro de la Tasa apuntada, y el
cobro posterior -a partir de marzo- en la medida que se regularicen los
haberes, en seis cuotas mensuales, iguales y consecutivas.
Que por ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, reunido en la Sala
de Sesiones y haciendo uso de sus facultades y atribuciones, ha
sancionado la presente Ordenanza Nº 2904/02, a los veintidós días del
mes de enero del año dos mil dos.
Ordenanza Nº 2904/02 - SUSP. COBRO TGI EMPL.MUNICIP
Información adicional
- Expediente: Expte-3724-C-02
- Derogada: No