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Ordenanza Nº 2944/02 - CALLE NORAH WADE DE BASUALDO

Art.1º.-Derógase el inciso g) del Artículo 1º de la Ordenanza
Nº1649/87.

Art.2º.-Mantener para la calle Norah Wade de Basualdo el ancho actual
de diez (10) metros en el tramo cuyo arranque debe computarse a los
37,30 m. hacia el noreste de la intersección con la calle Junín y
finalizando en la intersección con calle Lisandro de la Torre.

Art.3º.-Para las construcciones existentes en la zona afectada por el
Artículo 1º.- inciso g), el que se deroga a partir de la presente, y
ejecutadas sin permiso previo municipal que corresponda ser realizada,
será válida tal gestión administrativa.

Art.4º.-Comuníquese, publíquese y archívese.

FUNDAMENTOS:

- Atento a las solicitudes formuladas por el Ing. Carlos A.Buttó y la
Comisión Vecinal San José Obrero, mediante los expedientes Nº
102017-B-2001 y Nº 104.394-C-2001 respectivamente, requiriendo el
análisis de la cuestión planteada por la afectación de tierras
determinada por el Art.1º.- inciso g) de la Ordenanza Nº1649/87
destinadas a la calle pública Norah Wade de Basualdo, parcialmente
abierta y habilitada, la Dirección de Obras Privadas ha realizado el
pertinente estudio de la situación que enmarca el requerimiento
formulado por los tenedores de los inmuebles afectados por la precitada
normativa.

- A pesar que el Art.5º de la Ordenanza, autoriza al Departamento
Ejecutivo Municipal para tramitar con los propietarios de los inmuebles
afectados la forma de transmitir el dominio a la Municipalidad, en caso
que los mismos lo solicitaran y llevar a cabo su compensación con otros
lotes de reserva municipal, transcurrieron quince años sin que se
realizara ningún tipo de gestión de canje de parcelas, que
supuestamente revistieran carácter de baldío; contemporáneamente a la
fecha de sanción de la Ordenanza Nº 1649/87 en ocho de los doce lotes
afectados, existían edificaciones y en siete casos éstas constituían
mejoras declaradas y autorizadas por la Municipalidad.

- Actualmente existen once parcelas con edificación y en todos los
casos se ha verificado que corresponde declarar mejoras incorporadas
sin gestión del pertinente permiso municipal de obra; en gran medida
tales construcciones invaden el área afectada para la apertura de la
calle Norah Wade de Basualdo.

- Resulta innegable que en el marco del cuadro social-económico en que
se halla el país y el elevado número de parcelas que aparecen con
edificación en el sector afectado, crea una situación sumamente crítica
no solo a la Municipalidad sino también a los propietarios frentistas,
de difícil resolución en el corto y mediano plazo. A partir de lo
expuesto resulta razonable derogar el inciso g) del Artículo 1º) de la
Ordenanza Nº1649/87, manteniendo el ancho actual de 10,00 m. de la
calle Norah Wade de Basualdo en el tramo cuyo arranque debe computarse
a los 37,30m. hacia el noreste de la intersección de la calle Junín
(manzana "F" - Catastral 142I, del plano oficial de la ciudad),
finalizando a los 98,14m. de la intersección con calle Junín (Manzana
"E" y "C" - Catastral 142H, también del plano oficial de la ciudad).

Por ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, reunido en la Sala de
Sesiones y haciendo uso de sus facultades y atribuciones, ha sancionado
la presente Ordenanza Nº 2944/02, a los cinco días del mes de junio del
año dos mil dos.

Concejo Municipal | Sarmiento 698 | TEL: 03462 - 438648 | Venado Tuerto | Santa Fé | Argentina

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