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Ordenanzas por Año

Ordenanza Nº 2995/02 - PEATONAL CALLE BELGRANO

Art. 1º.- Se establece para todos los años, desde el 1º de diciembre y
hasta el 28 de febrero inclusive, la peatonalización de la calle Manuel
Belgrano, en el tramo comprendido entre Mitre y 25 de mayo los días
sábados, domingos y feriados, de conformidad a los siguientes horarios:

Días Sábados: desde las 21:30 hasta las 02:00 del día siguiente
Días domingos y feriados: desde las 20:00 hasta las 02:00 del día
siguiente

Art. 2º.- El Departamento Ejecutivo Municipal fijará por vía
reglamentaria, los horarios, condiciones y oportunidades de
funcionamiento de las áreas peatonales, con excepción de calle
Belgrano, en el tramo comprendido entre Mitre y 25 de mayo.

Art. 3º.- Se deroga la Ordenanza Nº 2902/02.-

Art. 4º.- Comuníquese, publíquese y archívese.

FUNDAMENTOS

" Cumplimentando las disposiciones de la Resolución Nº 2140/02, se
efectuó la encuesta a los frentistas de calle Manuel Belgrano entre
Rivadavia y Mitre, sobre la conveniencia de mantener la peatonalización
en ese tramo.

" La muestra efectuada sobre 40 frentistas, arrojó los siguientes
resultados: 23 se oponen a la medida; 13 están a favor; 2 no contestan;
1 le resulta indiferente y 1 no sabe.

" Teniendo en cuenta que del resultado del relevamiento se desprende
que para los vecinos, la peatonalización no afecta la seguridad pública
ni el tránsito, razón por la que no existe impedimento para su
concreción en el tramo comprendido entre Mitre a 25 de mayo.

Por ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, reunido en la Sala de
Sesiones y en uso de sus facultades y atribuciones, ha sancionado la
presente 0rdenanza Nº 2995/02, a los dieciséis días del mes de octubre
del año dos mil dos.

Información adicional

  • Expediente: Expte-0914-I-93
  • Derogada: No

Concejo Municipal | Sarmiento 698 | TEL: 03462 - 438648 | Venado Tuerto | Santa Fé | Argentina

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