Art.1º.-Ratificase el Convenio suscripto entre la Municipalidad de
Venado Tuerto y los señores Savesa Sanidad Vegetal S.A., representada
en este acto por el señor Fernando Julián Regidor y Emilce Ormaechea de
Fernández Moll, Con fecha diez de febrero de dos mil tres, el cual
pasará a formar parte integrante en todas y cada una de sus cláusulas
de la presente Ordenanza como Anexo I.
Art.2º.-Comuníquese, publíquese y archívese.
FUNDAMENTOS:
Atento a la Ordenanza Municipal Nº 2943/02 Art.3º, donde se autoriza al
Departamento Ejecutivo Municipal a convenir la permuta del remanente de
la Parcela A-3 o Lotes 6 al 36 del Plano de Mensura Nº 23862/1959, de
propiedad de SAVESA SANIDAD VEGETAL S.A. por otras tierras de propiedad
Municipal.
Que según lo establecido por la Ordenanza Municipal Nº 1962/91
facultando a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos a agilizar los
trámites de canje de Lotes que permitan a la Municipalidad obtener la
propiedad de inmuebles que actualmente son de dominio privado ubicados
en el Área Recreativa Norte.
Que mediante Expediente Municipal Nº105.557-R-2002 la firma SAVESA
SANIDAD VEGETAL S.A. representada por las señoras Ana María Regidor y
Emilce de Fernández Moll, solicitaron a la Municipalidad el canje de la
fracción de terreno remanente de la Parcela A-3 antes mencionada, que
es parte de la Chacra 75 de nuestra ciudad y tiene una superficie de
9.238 metros cuadrados aproximadamente y se encuentra incluida dentro
del AREA RECREATIVA NORTE.
Que a tal efecto se ha refrendado el Convenio que se anexa según el
cual "los vecinos" transferirán a la Municipalidad la fracción de
terreno antes mencionada y esta transferirá a "los vecinos", los Lotes
B1 y B2 deslindados según proyecto de subdivisión ejecutado por esta
Municipalidad y que son parte de la Manzana C2 de la Chacra 79, según
plano de mensura Nº140.689/98, ubicados con frente sobre calle Maipú a
30 metros de la esquina que forma con calle 26 de abril (ex104) hacia
calle Garbarino (ex 106) con una superficie de 724,05 metros cuadrados.
Que el presente canje de terrenos perfecciona el Art. 4º de la
Ordenanza Nº 2943/02, conjuntamente con el Convenio suscripto con el
señor Alberto Quevedo , que ha sido ratificado mediante Ordenanza Nº
3032/03, en el sentido de permitir a esta Municipalidad contar con la
propiedad del total de la fracción designada como: Parcela A-3 ó Lotes
6 al 36 del Plano de Mensura Nº 23862/1959.
Que la diferencia de valores entre el inmueble cedido por "los vecinos"
y el cedido por la Municipalidad, a favor de "los vecinos" se aplicará
al pago de la Escrituración, Mensura y todos los gastos que sean
necesarios para transferir los inmuebles objetos de la presente
transacción.
Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, reunido en la
Sala de Sesiones y haciendo uso de sus facultades y atribuciones, ha
sancionado la presente ORDENANZA Nº3071/03, a los veinticuatro días del
mes de setiembre del año dos mil tres.