VISTO:
El Expediente Municipal Nº 113.203, letra "S", iniciado por el señor
Juan José Rodríguez, en su carácter de Presidente del Sanatorio de la
Ciudad S.A. en fecha 11 de noviembre del corriente año; y
CONSIDERANDO:
- Que la citada Institución se ha presentado en Convocatoria de
Acreedores, autos caratulados: "SANATORIO DE LA CIUDAD S.A. s/ CONCURSO
PREVENTIVO" (Expte.Nº 1009/02), en trámite por ante el Juzgado de
Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de
Melincué.
- Que la empresa concursada posee con el Municipio una deuda de PESOS
CIENTO CUATRO MIL DIEZ CON ONCE CENTAVOS ($104.010,11) en concepto de
distintas obligaciones fiscales, (títulos ejecutorios Nº 87/03, 88/03,
89/03, 17/03 y 20/03) que fueron verificadas y declaradas admisibles en
tal concordato. Que del total de la acreencia de referencia, el
Municipio resultó acreedor con carácter de quirografario por la suma de
PESOS CINCUENTA Y CUATRO MIL CATORCE CON DIECISÉIS CENTAVOS ($
54.014,16); con privilegio general por el monto de PESOS CUARENTA Y
NUEVE MIL OCHOCIENTOS DIECIOCHO CON NOVENTA Y CUATRO CENTAVOS ($
49.818,94) y con privilegio especial por PESOS CUATRO MIL DOSCIENTOS
VEINTISIETE CON UN CENTAVO ($4.227,01)
- Que la modalidad de pago propuesta por la concursada es del cincuenta
por ciento (50%) de los créditos quirografarios esto es la suma de
PESOS VEINTICINCO MIL SIETE CON OCHO CENTAVOS ($25.007,08), pagadera en
siete (7) cuotas anuales, iguales y consecutivas de PESOS TRES MIL
QUINIENTOS SETENTA Y DOS CON CUARENTA Y CUATRO CENTAVOS ($3.572,44)
cada una de ellas, venciendo la primera al año de la Resolución que
homologue el concurso preventivo
Por todo ello el Concejo Municipal en uso de sus facultades y
atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Art.1º.-Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a aceptar la
propuesta de pago efectuada por "Sanatorio de la Ciudad S.A.", en
convocatoria de acreedores, autos caratulados: "SANATORIO DE LA CIUDAD
S.A. s/ CONCURSO PREVENTIVO" (Expte. Nº1009/02), por la suma de PESOS
VEINTICINCO MIL SIETE CON OCHO CENTAVOS ($ 25.007,08), pagadera en
siete (7) cuotas, iguales y consecutivas de PESOS TRES MIL QUINIENTOS
SETENTA Y DOS CON CUARENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 3.572,44) cada una de
ellas, cancelándose en forme la totalidad del crédito quirograforio
declarado admisible por la Sindicatura actuante en el concordato
precitado.
Art.2º.-Comuníquese, publíquese y archívese.
Se sanciona la presente ORDENANZA Nº3092/03 en la Sala de Sesiones del
Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veinticinco días del mes de
noviembre del año dos mil tres.