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Ordenanza Nº 3677/08 - DECLARA OPERADA LA PRESCRIPCIONA FAVOR DE LA MVT LOTE 2, MANZANA 7, CHACRA 38

Visto:
El plano de mensura Nº 82548, de fecha 14/04/75, realizado por el Ing. Dante Casadei; y,

Considerando:
Que en el plano mencionado constan algunas donaciones efectuadas a favor de la Municipalidad de Venado Tuerto; entre ellas, el Lote 2, de la Manzana 7, de la Chacra 38, Pda. Inmobiliaria Nº 17-13-00 360615/2005, respecto del cual su destino es el de “equipamientos comunitarios”.
Que al día de la fecha la Municipalidad de Venado Tuerto no ha realizado la inscripción del inmueble donado ante el Registro de la Propiedad.
Que habiendo pasado más de treinta años desde, al menos la confección del plano, no se encuentra en los archivos de las dependencias municipales pertinentes el acta original de donación, como tampoco la aceptación de la donación respectiva que acrediten tal hecho.
Que en consecuencia, y en virtud de haber poseído la Municipalidad de Venado Tuerto en forma pública, quieta, pacífica e ininterrumpida el inmueble por el tiempo referido, requisitos ineludibles para la adquisición del dominio por el instituto de la prescripción adquisitiva, corresponde que se otorgue una escritura a su favor, conforme con las prescripciones de la Ley Nacional Nº 24.320 y Ley Provincial Nº 12.115.
Que a esos efectos, el Departamento Ejecutivo Municipal, por medio de la Secretaría de Obras Públicas y Planeamiento, ha ordenado la realización del plano de mensura para adquirir el dominio, que fuera confeccionado por el Ing. Geógrafo Juan Carlos Gatica, identificado con el Nº 819 G.L. Dup., en fecha 12/10/06, en el cual se designa al terreno de marras como Lote “A”, con una superficie de 27.009,26 m2.
Que por lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

ORDENANZA

Art. 1º.- Declárase operada la prescripción adquisitiva del dominio a favor de la Municipalidad de Venado Tuerto, provincia de Santa Fe, en los términos de la Ley Nacional Nº 24.320 y provincial Nº 12.115, respecto del Lote 2, de la Manzana 7, de la Chacra 38, que consta en el Plano de Mensura Nº 82548, de fecha 14/04/75, realizado por el Ing. Dante Casadei, hoy identificado como Lote “A” (mismas Manzana y Chacra) en el plano de mensura que para adquisición del dominio fuera confeccionado por el Ing. Geógrafo Juan Carlos Gatica, inscripto bajo el Nº 819 G.L. Dupl., de fecha 12/10/06, con una superficie de 27.009,26 m2., destinado a Reserva Municipal, en virtud de la posesión pública, quieta pacífica e ininterrumpida que ha mantenido el Municipio local desde el momento mismo de la presentación del primero de los planos mencionados, aprobado por la Dirección General de Catastro Delegación Rosario en fecha 14/04/75, formando ambos planos parte integrante la presente Ordenanza.
Art. 2º.- Otórguese la correspondiente escritura traslativa del dominio.
Art. 3º.- Dispónese que una vez confeccionada la escritura pública pretendida, la misma se inscribirá por ante el Registro general de la Propiedad Inmueble de Rosario.
Art. 4º.- Comuníquese, publíquese y archívese.

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los dieciocho días del mes de diciembre del año dos mil ocho.

Información adicional

  • Expediente: Expediente Nº 4408-I-07 Mensaje Nº 054-OP-2008
  • Derogada: No