Visto:
La Ordenanza Nro. 3489/07, sancionada por el Honorable Concejo Municipal el pasado 23 de marzo del año 2007, la disponibilidad de lotes que integran el dominio privado del Estado municipal, y;
Considerando:
Que en la norma citada el Departamento Ejecutivo municipal fue autorizado a celebrar un convenio de cesión con el Nuevo Banco del Chaco S.A., a los efectos de poner fin a la controversia que data de tiempo atrás, evitando desgaste de recursos humanos y económicos, tal como se expresa en los Considerandos de la ordenanza de marras.
Que en virtud de disponer este Municipio de cantidades de lotes, que integran su patrimonio en carácter de dominio privado, y dadas las considerables valuaciones de la propiedad inmueble en la actualidad, hecho al que se suma la posibilidad de ciudadanos de acceder a su terreno propio, surge adecuada su realización, a los fines de disponer de dinero en efectivo, con el fin de minimizar las erogaciones líquidas que provienen de los ingresos corrientes, para no afectar la prestación de los servicios esenciales y el normal desenvolvimiento de la Administración.
Que, asimismo, esta propuesta no contraría el espíritu tenido en mira al celebrar el acuerdo con el Nuevo Banco del Chaco SA, en virtud de que la cláusula segunda autoriza al Departamento Ejecutivo, a su exclusiva opción, a cancelar total o parcialmente la deuda asumida.
Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art. 1° Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a vender 27 (veintisiete) lotes a dividir de dos fracciones de tierra ubicadas en:
a) la Chacra 80 del plano oficial de la ciudad, según croquis de subdivisión confeccionado por la Secretaría de Obras Públicas y Planeamiento, identificados como lotes 1 al 14, o sea la Manzana O, correspondiente al Plano de Mensura y Subdivisión inscripta bajo el Nro. 96815/78, confeccionada por el Ing. Dante Casadei, formada por las calles A. Rossi, Juan B. Alberdi, Vieytes y Calle 104, propiedad de esta Municipalidad -Reserva Municipal Nro. 130- en trámite de inscripción, aceptada la misma como dominio privado del estado según Ordenanza 1964/91;
b) la Chacra 80 del plano oficial de la ciudad, según croquis de subdivisión confeccionado por la Secretaría de Obras Públicas y Planeamiento, identificados como lotes 1 al 13, o sea la Manzana P, correspondiente al Plano de Mensura y Subdivisión inscripta bajo el Nro. 96815/78, confeccionado por el Ing. Dante Casadei, formada por las calles Vieytes, A. Rossi, Juan B. Alberdi y P. Boyle, propiedad de esta Municipalidad -Reserva Municipal Nro. 69C-, inscripto al Tomo 361, Folio 449, Nro. 160777 en fecha 05/01/83, aceptado el mismo como dominio privado del estado según decreto 86/78.
Art. 2º Establécese que los lotes (cuyo plano figura en el Anexo I que forma parte de esta Ordenanza) no se podrán realizar por menor valor que los siguientes (expresados en dólares estadounidenses billete):
Manzana O
Lote 1 de 261,60 m2 por U$S 9.800
Lote 2 de 261,60 m2 por U$S 9.800
Lote 3 de 261,60 m2 por U$S 9.800
Lote 4 de 250,01 m2 por U$S 9.400
Lote 5 de 250,01 m2 por U$S 9.400
Lote 6 de 250,01 m2 por U$S 9.400
Lote 7 de 250,01 m2 por U$S 9.400
Lote 8 de 261,60 m2 por U$S 9.800
Lote 9 de 261,60 m2 por U$S 9.800
Lote 10 de 261,60 m2 por U$S 9.800
Lote 11 de 250,01 m2 por U$S 9.400
Lote 12 de 250,01 m2 por U$S 9.400
Lote 13 de 250,01 m2 por U$S 9.400
Lote 14 de 250,01 m2 por U$S 9.400
Manzana P
Lote 1 de 296,63 m2 por U$S 9.700
Lote 2 de 296,63 m2 por U$S 9.700
Lote 3 de 296,63 m2 por U$S 9.700
Lote 4 de 250,01 m2 por U$S 8.200
Lote 5 de 250,01 m2 por U$S 8.200
Lote 6 de 250,01 m2 por U$S 8.200
Lote 7 de 250,01 m2 por U$S 8.200
Lote 8 de 250,01 m2 por U$S 8.200
Lote 9 de 250,01 m2 por U$S 8.200
Lote 10 de 250,01 m2 por U$S 8.200
Lote 11 de 250,01 m2 por U$S 8.200
Lote 12 de 250,01 m2 por U$S 8.200
Lote 13 de 250,01 m2 por U$S 8.200
Art. 3º Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar la venta por el método de recepción de ofertas por sobre cerrados y lacrados con intervención de Escribano Público; mejoramiento de ofertas, difusión suficiente por medios gráficos, televisivos y radiales de Venado Tuerto y eventualmente otras plazas, por un lapso no menor a 10 días; la oportuna descalificación de ofertas de oficio por falta de ajuste a las bases o de seguridad y toda otra estipulación reglamentaria que pondere razonable para la eficacia y la optimización del cumplimiento ejecutivo del objeto de la venta.
Art. 4° Dispónese que son a cargo de la Municipalidad de Venado Tuerto los gastos de subdivisión de los inmuebles y de sus posteriores registraciones.
Art. 5º Dispónese que los fondos que se perciban por el producido de la venta se imputen a la partida presupuestaria “Fondo para cancelación de pasivos exigibles autorizados por ordenanza al efecto”.
Art. 6º Dispónese que los fondos serán depositados en la cuenta bancaria abierta con la denominación de la partida mencionada en Art. anterior y, para el caso específico de los fondos que se perciban por el producido de la venta autorizada por esta Ordenanza, solo podrán ser extraídos de la cuenta bancaria referida con autorización conferida al efecto por Ordenanza especial aprobada con los 2/3 de los miembros del Concejo Municipal.
Art. 7° Dispónese que los fondos que se perciban se utilicen exclusivamente para la cancelación del pago del convenio suscripto con el Nuevo Banco del Chaco S.A., aprobado por la Ordenanza 3489/07 y que, en el caso de existir excedentes se apliquen a aquellos pasivos que cuenten con autorización otorgada por medio de Ordenanza sancionada por este Concejo Municipal, y promulgada por el Departamento Ejecutivo.
Art. 8º Dispónese que en el término de 30 (treinta) días hábiles de concluidos los procesos de ventas, prorrogables fundadamente por el mismo lapso, el Departamento Ejecutivo Municipal producirá un informe al Concejo Municipal, detallando: producido bruto de las ventas; gastos consumidos; importe remanente afectado al pago del convenio; cancelación o amortización parcial y su grado, etc.
Art. 9º Desígnase como veedor del Concejo Municipal en el proceso de venta de este terreno al Concejal Roberto Meier.
Art. 10º Comuníquese, publíquese y archívese
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los ocho días del mes de diciembre del año dos mil nueve.
Ordenanza Nº 3791/09 - Autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a vender 27 lotes, cuyo producido será imputado al pago del convenio celebrado con el Nuevo Banco del Chaco S. A.
Información adicional
- Expediente: Expediente 4365-I-07
- Derogada: No