Visto:
La importancia de mejorar de manera permanente los diversos medios de información de la gestión pública, y;
Considerando:
Que la Constitución Nacional garantiza el principio de publicidad de los actos de gobierno y el derecho de acceso a la información pública a través del artículo 1, de los artículos 33, 41, 42 y concordantes del Capítulo Segundo —que establece nuevos Derechos y Garantías— y del artículo 75 inciso 22, que incorpora con jerarquía constitucional diversos Tratados Internacionales.
Que la consolidación de las democracias en los países en desarrollo exige una adecuada rendición de cuentas sobre los recursos públicos.
Que la transparencia busca también formar a una ciudadanía sensible, responsable y participativa, que conozca y ejerza sus derechos y obligaciones, y colabore activamente en el fomento a la integridad y combate a la corrupción.
Que la información también resulta valiosa para el ciudadano, quien, en un sistema republicano de gobierno, tiene derecho a acceder a aquella que se encuentre en manos estatales, ya que le permitirá participar activamente en la marcha de los asuntos públicos, juzgar correctamente la actuación de sus representantes y, eventualmente, hacerlos responsables de los perjuicios que provocaran.
Que la fluidez en la información contribuye a generar un ambiente de confianza, seguridad y franqueza entre los distintos poderes que conforman el Estado Municipal.
Que la publicación periódica de información referida al devenir de los egresos de las distintas áreas municipales, significaría un recurso de gran importancia al momento que los integrantes de este Cuerpo Legislativo requieran evaluar los presupuestos de cada una de ellas, para su posterior aprobación.
Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
O R D E N A N Z A
Art.1.- Establézcase la obligatoriedad de la publicación de datos referentes a detalle de los egresos por cada una de las distintas Secretarías en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Venado Tuerto.
Art.2.- La Secretaría de Hacienda confeccionará en forma trimestral un balance correspondiente a los datos de cada una de las Secretarías.
Art.3.- El informe deberá contener información de las siguientes Secretarías, y demás Secretarías a crearse en el futuro:
- Secretaría de Coordinación de Gabinete
- Secretaría de Cultura y Educación
- Secretaría de Desarrollo Productivo:
- Subsecretaría de Desarrollo productivo y Economía Social
- Subsecretaría de Espacios Públicos y Medioambiente
- Secretaría de Desarrollo Social
- Secretaría de Gobierno
- Secretaría de Hacienda
- Secretaría de Obras Públicas y Planeamiento
- Secretaría de Planificación y Gestión
- Secretaría de Servicios Públicos
- Planeamiento y Obras Privadas
- Instituto Municipal de Previsión Social
Art.4.- El DEM promoverá las acciones necesarias con el objetivo de dar cumplimiento con lo previsto en la presente Ordenanza, teniendo a su cargo la publicación trimestral del informe en el Boletín Oficial Municipal en el mes posterior a la promulgación de la misma.
Art.5.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los trece días del mes de junio del año dos mil doce.