Visto:
La existencia de emprendimientos comerciales, industriales y de esparcimiento que no está definido su encuadramiento en el nuevo Plan de Desarrollo Territorial, y;
Considerando:
Que es necesario conciliar posiciones entre el Departamento Ejecutivo Municipal y el Concejo Deliberante cuando se realizan propuestas de emprendimientos que por sus características no responden a los tipificados, o bien no se haya definido su zonificación o que el emprendimiento amerita un tratamiento particularizado.
Que es necesario establecer una metodología de resolución de estos casos.
Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1.- Se establece que la resolución de los casos que no estén tipificados dentro de la planilla de “Usos” que se exponen en el Anexo IV del Plan de Desarrollo Territorial, o que por sus características se considere que deben tener un tratamiento particularizado, procederá de la siguiente manera:
- Se abrirá un expediente municipal con la solicitud de aprobación.
- La Dirección de Planeamiento se encargará de recabar las opiniones fundadas sobre los impactos ambientales a las áreas en competencia con la propuesta a ser evaluada.
- La Secretaría de Obras Públicas elevará una copia del expediente al Concejo Municipal para su resolución.
- El Concejo Municipal dictará el acto administrativo que corresponda a los efectos de dar el permiso correspondiente.
Art.2.-Comuníquese, publíquese y archívese
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veintisiete días del mes de junio del año dos mil doce.