Visto:
La necesidad de establecer un aula taller de capacitación inicial en panificación y otros (pastelería y pastas); y,
Considerando:
Que este proyecto está enmarcado dentro de la Ordenanza Nº 3890, la cual crea la Escuela Municipal de Artes y Oficios.
Que la Ordenanza Nº 3890 establece en su art. 2 los objetivos del programa:
a) Formar y capacitar en distintos oficios a mujeres y hombres vinculados a las demandas del sector productivo, por medio de un proceso educativo idóneo;
b) Generar oportunidades para la capacitación laboral, inserción en el trabajo y su consecuente integración social de los educandos;
c) Capacitar a las personas ante los continuos procesos de transformación socio-económicos de nuestra región;
d) Mejorar la calidad de vida de los habitantes de nuestra región.
Que en la Ordenanza Nº 3890 dispone la metodología pedagógica consistirá en cursos de teoría y de práctica en aulas-taller, y actividades específicas en talleres adecuados al oficio.
Que mediante el art. 7 de la Ordenanza Nº 3890, se autoriza a la Secretaría de Desarrollo Productivo a suscribir convenios de asistencia técnico-pedagógica con entidades educativas de la ciudad y la región de reconocido prestigio para el dictado de los cursos teórico-prácticos a brindar a los educandos.
Que es importante para el municipio diversificar la matriz de talleres en oficios.
Que el manejo teórico y práctico del oficio de panadero y afines que otorgaría un aula taller no sólo se limitaría a impulsar una especialización de mano de obra en la ciudad, sino que también la promovería el establecimiento de emprendimientos individuales y grupales.
Que el aula taller beneficiará a la ciudad en general y a entidades sin fines de lucro, a emprendedores locales y a programas para reinserción de los jóvenes en particular.
Que en el marco del art. 7 de la Ordenanza Nº 3890, la Fundación Molinos Venado Tuerto, en conjunto con el Molino Venado Tuerto, aportarán la materia prima necesaria para dicho proyecto.
Que existe un convenio de colaboración entre la Fundación Molinos y la Municipalidad de Venado Tuerto, celebrado el 03/03/2011.
Que la Municipalidad de Venado Tuerto aportará el lugar físico y el equipamiento necesario para el desarrollo del proyecto.
Que este proyecto es una herramienta para que los participantes puedan insertarse en mercado laboral y productivo de la ciudad y zona.
Que dicho proyecto es un elemento fundamental para lograr trasmitir el conocimiento de un oficio y todos sus procesos, como también para estimular la producción de micro emprendimientos que generen recursos a las asociaciones que participan en este, y generar los conocimientos para que dichos procesos de aprendizaje y capacitación sean seguros (bromatología) y de esa manera perduren en el tiempo.
Que se generaría mano de obra calificada para los locales y fábricas de la ciudad y la zona.
Que por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1.- Créase un aula taller en panificación y afines en el marco de la Escuela Municipal de Artes y Oficios establecida por la Ordenanza Nº 3890.
Art.2.- El D.E.M. dispondrá un espacio físico idóneo y el equipamiento necesario para su funcionamiento.
Art.3.- Homológuese el convenio entre la Municipalidad de Venado Tuerto y la Fundación Molinos Venado Tuerto.
Art.4.- Desígnese un maestro panadero para el dictado de los talleres.
Art.5.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, el día veintinueve del mes de agosto del año dos mil doce.