Visto:
La Resolución emanada de este Cuerpo Legislativo Nº 4245 y la necesidad de declarar de interés municipal el traslado de las vías del Ferrocarril; y,
Considerando:
Que se hace imprescindible contar con la declaración de interés municipal dirigida a concretar el proyecto de traslado de las vías del ferrocarril que atraviesan la ciudad. Asimismo se hace mención directa de dicho proyecto en la resolución citada en los vistos.
Que el traslado de las vías del ferrocarril puede ser coordinado mediante inversiones conjuntas de la Aduana, firmas cerealeras y el parque industrial La Victoria, dejando a salvo que lo más importante es el aporte a realizar por el Estado Nacional.
Que debe mencionarse que el Arq. Eduardo Resse, urbanista, quien llevó adelante el Plan General para la ciudad, presentó este proyecto públicamente y ante este Concejo Municipal hace aproximadamente entre tres y cuatro años.
Que debe señalarse que además de la función comercial, aporta una generosa solución para la unión de los distintos barrios ubicados antes y después de las vías férreas.
Que debe indicarse que disminuiría el congestionamiento de tránsito que se ocasiona en los tres cruces urbanos de paso a nivel con las vías.
Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1.- Declárese de interés municipal las gestiones en miras a concretar el traslado de las vías del ferrocarril que atraviesan la ciudad.
Art.2.- Ordénese la creación de un Comisión de Apoyo y Seguimiento del traslado de las vías del ferrocarril. La misma será integrada por:
- Dos Concejales.
- Un representante del Parque Industrial La Victoria.
- Un representante del Centro Comercial e Industrial de Venado Tuerto.
- Un representante del Círculo Vecinalista.
- Un representante de la Junta Municipal de Tránsito.
- Un representante del Plan General para la ciudad de Venado Tuerto.
Art.3.- Determínese que la Comisión creada por el art. 2 deliberará en asamblea pública.
Art.4.- Vía reglamentaria se determinará el cronograma de fechas y lugar asignado a las reuniones de la Comisión de Apoyo y Seguimiento prevista por el art. 2 de la presente.
Art.5.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, el día cinco del mes de setiembre del año dos mil doce.