Visto:
La nota de fecha 16/01/2012 presentada en el Concejo Municipal por la vecina de nuestra ciudad Alejandra Echeverría; y,
Considerando:
Que la vecina referida es propietaria del desarrollo urbanístico “Campo Echeverría” ubicado en calle Jorge Newbery sin número de esta ciudad, y en tal carácter propuso en la nota referida la denominación “Toribio Echeverría” a la calle central del desarrollo urbanístico mencionado.
Que la vecina mencionada fundamenta su pretensión manifestando que la familia Echeverría fue de las primeras pobladoras de la zona, y que junto a otros muchos inmigrantes forjó con trabajo y esfuerzo el espíritu fecundo de esta ciudad. A modo de ejemplo, invoca que de los hornos ladrilleros de la familia Echeverría ubicados antiguamente en el área del actual emprendimiento urbanístico se obtuvieron los ladrillos necesarios para la edificación de la Iglesia Catedral y de otros inmuebles reconocidos de la ciudad.
Que la cuestión fue derivada para su estudio y tratamiento a la Comisión de Nomenclatura dependiente de este Cuerpo Legislativo, la cual avocada a dicho menester, por Acta Nº 75 de fecha 02/10/2012, concluyó en la procedencia del pedido y la justicia de sus fundamentos, disponiendo en consecuencia que lleve el nombre “Toribio Echeverría” la primer calle paralela a la Calle Nº 120 de calle Rivadavia al noroeste, y que las demás calles internas deben continuar la denominación de las calles Alvear, Chacabuco, Maipú y 25 de Mayo según corresponda.
Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1.- Nomínese “Toribio Echeverría” a la primer calle paralela a la Calle Nº 120 de calle Rivadavia al noroeste, perteneciente al desarrollo urbanístico “Campo Echeverría” ubicado en calle Jorge Newbery sin número de esta ciudad.
Art.2.- Dispóngase que las demás calles internas del desarrollo urbanístico referido en el art. 1 de esta Ordenanza deberán continuar la denominación de las calles Alvear, Chacabuco, Maipú y 25 de Mayo según corresponda en cada caso de su respectiva traza.
Art.3.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los diecisiete días del mes de octubre del año dos mil doce.