Visto:
Las calles Lavalle y Azcuénaga en el tramo comprendido entre Sáenz Peña y Quintana, y;
Considerando:
Que las calles Lavalle y Azcuénaga en el tramo comprendido entre Sáenz Peña y Quintana son doble mano.
Que las mismas son muy transitadas y angostas para la doble circulación de vehículos.
Que la modalidad indica que la pavimentación de las calles les otorga a las mismas el sentido que les corresponde. Por lo que es necesario extender el sentido de mano única a las calles Lavalle y Azcuénaga en el tramo comprendido entre las calles Sáenz Peña y Quintana con el fin de evitar los problemas en el tránsito que presentan actualmente.
Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1.- Dispóngase el sentido único de las calles Lavalle y Azcuénaga en el tramo comprendido entre las calles Sáenz Peña y Quintana.
Art.2.- Por Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Venado Tuerto procédase a la correcta señalización y/u obra que corresponda.
Art.3.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veintiocho días del mes de noviembre del año dos mil doce.