Visto:
La calle Rodríguez Peña en el tramo comprendido entre Eva Perón (ex – John Kennedy) y Derqui, y;
Considerando:
Que la calle Rodríguez Peña en el tramo comprendido entre Eva Perón (ex – John Kennedy) y Derqui es de doble mano.
Que la misma es muy transitada y angosta para la doble circulación de vehículos y más aún de camiones.
Que los vecinos han pedido que dicha calle en ese tramo sea de una sola mano, por el peligro que implica la doble circulación y el doble estacionamiento.
Que el continuo paso de camiones, al haber doble estacionamiento por el doble sentido de la misma, hace peligroso el cruce de calles para los peatones que viven en ese sector de la ciudad.
Que se le debe dar el sentido de continuidad, es decir, de suroeste (SO) a noreste (NE) para que los vehículos que vienen por Garibaldi puedan continuar por Rodríguez Peña.
Que con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1.- Dispóngase el sentido único de la calle Rodríguez Peña en el tramo comprendido entre las calles Eva Perón (ex – John Kennedy) y Derqui.
Art.2.- Por Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Venado Tuerto procédase a la correcta señalización o/u obra que corresponda.
Art.3.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veintiocho días del mes de noviembre del año dos mil doce.