Visto:
Los inconvenientes de tránsito que provoca la doble circulación de la calle Agüero; y,
Considerando:
Que esta calle es doble mano.
Que en calle Agüero entre Lavalle y Azcuénaga la calzada se reduce considerablemente, ya que está ocupada por una vivienda construida por fuera de los límites de la línea de edificación, lo que dificulta el tránsito vehicular de doble mano.
Que por Ordenanza se aprobó que calle Agüero posea un ancho de seis (6) metros en el tramo comprendido entre Belgrano y Casey.
Que el gran tránsito provoca un alto riesgo tanto para peatones, bicicletas, motos y vehículos.
Que además tiene estacionamiento en ambas manos, y esto complica aún más la doble circulación.
Que a los fines de un mejor ordenamiento, se hace necesario que calle Agüero sea de sentido único desde el Noreste a Sudoeste.
Que por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1.- Dispóngase sentido único de la calle Agüero desde Avenida Santa Fe hacia Avenida Marcos Ciani.
Art.2.- Por Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad procédase a la correcta señalización y/u obra vial que corresponda de acuerdo a lo que determinen los profesionales idóneos en la materia.
Art.3.- Deróguese el art. 2 de la Ordenanza Nº 3363/2006.
Art.4.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veintiocho días del mes de noviembre del año dos mil doce.