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Ordenanzas por Año

Ordenanza Nº 4412/13 - Autoriza al DEM a suscribir con la COS un convenio de cesión de fondos para ampliación de la red colectora de desagües cloacales en barrios: San Vicente y Juan XXIII.-

Visto:

El aporte no reintegrable de $ 406.100 otorgado por el Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente de la provincia de Santa Fe a la Municipalidad de Venado Tuerto, entrega formalizada por medio de un convenio suscripto el 04/10/2013, y;

 

Considerando Que:

El mismo fue concedido en base a un proyecto presentado ante ese organismo provincial por la Cooperativa Limitada de Obras Sanitarias y Servicios Anexos de Venado Tuerto a los efectos de la ejecución de la obra de ampliación de la red de colectoras de desagües cloacales en los barrios San Vicente y Juan XXIII de nuestra ciudad.

El art. 2 de la Ordenanza Nº 4346 -que autorizara al Departamento Ejecutivo Municipal a la firma del convenio referido- dispone que el D.E.M. deberá suscribir con la Cooperativa un acuerdo para la transferencia de los fondos y la ejecución de la obra.

Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

 

ORDENANZA

 

Art.1.- Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir con la Cooperativa Limitada de Obras Sanitarias y Servicios Anexos de Venado Tuerto un convenio de cesión de fondos para la ejecución de la obra de ampliación de la red de colectoras de desagües cloacales en los barrios San Vicente y Juan XXIII de Venado Tuerto, en los términos del modelo que en forma de Anexo es parte integrante de la presente Ordenanza.

 

Art.2.- Impútense los gastos que demande el cumplimiento de esta normativa a la partida presupuestaria Nº 3883/8 “Subsidio provincial Cooperativa de Obras Sanitarias - Red Cloacal” del Presupuesto General de Recursos y Gastos del año 2013.

 

Art.3.- Concluida y habilitada la obra, declárese de interés público y pago obligatorio la ampliación de la red descripta en el art. 1 conforme con el Anexo Técnico adjunto.

 

Art.4.- Cédase a la Cooperativa Limitada de Obras Sanitarias y Servicios Anexos de Venado Tuerto, en su carácter de concesionaria del servicio, la administración y usufructo de la obra referida en los artículos precedentes en los términos del punto 5.2.1 del Capítulo 5 “Régimen de Bienes” del Contrato de Concesión del Servicio de Agua Potable y Desagües Cloacales de la ciudad de Venado Tuerto.

Autorícese a la Cooperativa el cobro de la Contribución de Mejoras que de ella resultare en un todo de acuerdo con las normativas vigentes en la materia, y conforme con las disposiciones del art. 35 del capítulo 8 y concordantes del Anexo III del contrato referido, “Régimen Tarifario para los Servicios de Agua Potable y Desagües Cloacales de la ciudad de Venado Tuerto, provincia de Santa Fe”. A tales efectos, suscríbanse entre las partes los correspondientes instrumentos de cesión de uso y derechos de percepción de contribución de mejoras.

 

Art.5.- Dispóngase que los fondos que provinieren de la presente cesión y/o el cobro de la Contribución de Mejoras dispuesta en el artículo anterior serán aplicados al Fondo de Saneamiento creado por la Ordenanza Nº 3991, en primer término, para la ejecución de la presente, y, si hubiere excedentes, para la ampliación de redes de agua potable y/o desagües cloacales en otras zonas de la ciudad, previa autorización de la Autoridad de Aplicación del Contrato de Concesión y del Concejo Municipal.

 

Art.6.- Comuníquese, publíquese y archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los diecinueve días del mes de diciembre del año dos mil trece.

 

Información adicional

  • Expediente: Expediente 3953-C-03
  • Derogada: No

Concejo Municipal | Sarmiento 698 | TEL: 03462 - 438648 | Venado Tuerto | Santa Fé | Argentina

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