Visto:
La Ordenanza Nº 3920 por la cual se afectara a calle pública los pasillos en condominio hoy denominados Pasajes Molina, Baumann y Walsh por sendas Ordenanzas del Barrio San Vicente, y;
Considerando Que:
La Cooperativa de Obras Sanitarias se encuentra ejecutando las obras de tendido de red de cloacas sobre el sector mencionado que comprende a los Pasajes referidos, respecto de la que los vecinos han manifestado interés en su realización.
La misma no puede ejecutarse hasta tanto no se formalicen los respectivos permisos de obras y la cesión de las calles al Municipio.
Los propietarios ya han formalizado la respectivas actas de cesión de la parte indivisa de sus lotes que corresponden al destino de calle pública; el municipio, tal lo previsto por la Ordenanza 3920 (art. 3), los compensará con el valor del pavimento a construir, el pago de las escrituras de cesión y si existiere saldo a favor de los propietarios, el municipio compensará con tasa general de inmuebles impagas o con cualquier otra deuda que tuvieren con el ente público, o que sea necesario saldar para resolver la cesión.
En la reunión de la Comisión de Tierras celebrada el 22/11/13 se arribó a un dictamen con la rúbrica de la totalidad de sus miembros, estableciendo el valor de adquisición de los lotes en la cifra de $ 1.430.986,64; las obras a ejecutar se presupuestaron en la cifra de $ 1.091.960,69; el valor de las escrituras traslativas y trámites complementarios de cesión se estableció en la suma de $ 276.500. Asimismo, se determinó que la diferencia de $ 62.525,95 a favor de los vecinos, será compensada con el pago de tasa general de inmuebles -vencida o a vencer- que surja para cada caso en particular.
Conforme consta en acta, los vecinos y el municipio acordaron ejecutar la obra de pavimentación en dos etapas, a saber:
Etapa N° 1: Cordón cuneta y mejorado, con un plazo de ejecución de obra de 2 años.
Etapa N° 2: Pavimento de hormigón en faja central; a ejecutarse a partir de ese plazo, en la medida de haberse resuelto las cesiones y contar con presupuesto en el Fondo Municipal de Tierras.
Los vecinos y el municipio formalizarán convenios específicos y particulares en los que se establecerán los mecanismos administrativos para la cesión del terreno por parte de los propietarios y la cancelación del precio, por medio de la contribución de mejoras ejecutada por el Municipio.
Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1.- Apruébese la cesión al Municipio de los Pasajes en condominio denominados “A”, “B”, y “C” respectivamente, conforme con su designación en los planos de mensuras inscriptos en el Dpto Topográfico de la Provincia de Santa Fe, con los números 90936/77 y 96440/78, que corresponden a las manzanas A, B y C de cada uno de ellos, en los tramos comprendidos entre Calle Pública N° 9 (hoy Maestros Argentinos) y Calle Pública N° 11 (hoy Dimmer) y Calle Pública N° 11 (hoy Dimmer) y Calle Pública N° 13 (hoy Aufranc), denominados Pasaje Molina, Baumann y Walsh, respectivamente, afectados a calles públicas por la Ordenanza N° 3920/2010.
Art.2.- Establézcase el valor de los mencionados pasajes en la suma de $ 1.430.986,64 (pesos un millón cuatrocientos treinta mil novecientos ochenta y seis con 64 centavos), tasados al mes de septiembre del año 2013.
Art.3.- Establézcase el valor de las obras de pavimentación en la suma de $ 1.091.960,69 (pesos un millón noventa y un mil novecientos sesenta con 69 centavos); el valor de las escrituras y trámites administrativos en la suma de $ 276.500 (pesos doscientos setenta y seis mil) y $ 62.525,95 (pesos sesenta y dos mil quinientos veinticinco con 95 centavos) respectivamente, calculados al mes de septiembre del año 2013.
Art.4.- Dispóngase que los gastos que demande la ejecución de esta ordenanza serán imputadas a la partida presupuestaria Nº 3898/8, “Pavimento Convenio Pasajes en Condominio”, la que pasará a formar parte del Presupuesto General de Recursos y Gastos del año 2014 que se sancionará oportunamente.
Art.5.- Dispóngase que los gastos que demanden las escrituras y trámites complementarios de esta ordenanza, serán imputados a la partida presupuestaria Nº 3899/8, “Escrituras Pasajes en Condominio”, la que pasará a formar parte del Presupuesto General de Recursos y Gastos del año 2014 que se sancionará oportunamente.
Art.6.- Dispóngase que las compensaciones de Tasa general de Inmuebles que demande el cumplimiento de la presente ordenanza, serán imputados a la partida presupuestaria Nº 3900/8, “Compensación Tasas y Derechos - Pasajes en Condominio”, que pasará a formar parte del Presupuesto General de Recursos y Gastos del año 2014 que se sancionará oportunamente.
Art.7.- Los gastos establecidos en los artículos 4, 5 y 6 serán subcuentas de la cuenta presupuestaria Nº 3932/7 “Fondo Municipal de Tierras”.
Art.8.- Los fondos para la ejecución de las obras mencionadas para la cancelación de la cesión establecida en el art. 1 surgirán de la cuenta presupuestaria Nº 3932/7, “Fondo Municipal de Tierras”.
Art.9.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los diecinueve días del mes de diciembre del año dos mil trece.