Visto:
La propuesta realizada al Departamento Ejecutivo Municipal por la Asociación Mutual de Venado Tuerto relativa a un inmueble de su propiedad, y;
Considerando Que:
En la misma, la entidad mutualista propone a la Municipalidad la subdivisión de un predio de su propiedad identificado como Manzana 89, Chacras 69 y 70, conforme con el Anexo Técnico adjunto. El terreno a subdividir, que conforme a las prescripciones del Plan de Desarrollo Territorial corresponde a Z,- consta de 97,50 m. por calles Azcoaga y Valdez por 110,00 m. por calles Lisandro de la Torre y Junín, desarrollando una superficie total de 10.725,00 m2, cediendo los proponentes al Municipio una superficie de tierra de 15 m. por 110 m. -1.650,00 m2-, con el objeto de afectar a la apertura de un pasaje público, no correspondiéndole donar superficies destinadas a reservas municipales.
La propietaria asume a su cargo la obligación de afrontar el 100% del costo de las obras de infraestructura, forestación, apertura de calles, pavimento, desagües pluviales, redes eléctricas y alumbrado público, gas, agua potable y cloacas.
A los efectos del cumplimiento de la ejecución de las obras de infraestructura mencionadas, se disponen los Lotes 1, 2, 3 y 4 como garantía; éstos serán desafectados de la misma luego de haberse cumplimentado las obras correspondientes.
El tema, puesto a consideración de la Comisión Municipal de Tierras, obtuvo dictamen favorable por unanimidad de sus integrantes en la reunión celebrada el 16/12/2014.
Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1.- Ratifíquese el Convenio Urbanístico firmado entre el Departamento Ejecutivo Municipal y la Asociación Mutual de Venado Tuerto, representada en este acto por los señores Juan Ítalo Perrera, DNI Nº 11.118.706, y Daniel Lesnaberes, DNI Nº 10.427.067, en sus caracteres de Presidente y Secretario del Consejo de Administración, respectivamente, en fecha 27 de noviembre de 2014, para el proyecto de urbanización de la Manzana 89, parte de las Chacra 69 y 70, de su propiedad y de acuerdo al Anexo adjunto que forman parte integrante de la presente ordenanza.
Art.2.- Dispóngase que la aprobación precedente tiene como condición resolutoria la ejecución de las obras de infraestructura detalladas en el Convenio Urbanístico suscripto, asumidas por los propietarios.
Art.3.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, el día diecinueve del mes de diciembre del año dos mil catorce.