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ORDENANZA Nº 4581/14 - Exceptúa la aplicación del valor actualizado de la UTM en la ordenanza Nº 4548 a los montos que cobran por contribución de mejoras.-

Visto:

                        La suba del valor de la UTM y su implicancia en el costo de Contribuciones de Mejoras; y,

 

Considerando Que:

                        El propio municipio, en torno al debate surgido por la suba en los costos de la obra pública producto de modificar el valor de la UTM para aumentar la tasa, admitió que con la aplicación de las sucesivas actualizaciones automáticas los costos para realizar pavimento sufrieron un desfasaje de un 5% más que deben pagar los vecinos. En documentación aportada consta que el costo de ejecución de una cuadra de pavimento representa para el municipio un monto final de $ 304.731,52, y percibía por Contribución de Mejoras $ 327.474,00. Es decir, $ 27.742,48 de más.

                        Cuando se analizó la actualización de la UTM, se acordó que la misma no iba a ser trasladada al precio que pagan los ciudadanos por Contribución de Mejoras en forma automática, sino que se iba a analizar antes de su implementación y se modificaría se ser necesario. Este acuerdo fue celebrado entre el Concejo Municipal y representantes del DEM, entre los que se encontraba el propio Secretario de Hacienda.

                        A raíz de lo expuesto, se presentó un proyecto de Ordenanza que se encuentra actualmente en Plenario de Concejales, proponiendo modificaciones en el costo de la Contribución de Mejoras a partir del 1° de enero de 2015. Por su parte, representantes del municipio expusieron también la necesidad de elaborar consensuadamente un proyecto relacionado a la temática, e hicieron varias consideraciones por escrito sobre el proyecto que actualmente se encuentra en Plenario de Concejales.

                        La implementación del nuevo valor de la UTM comenzará en escasos 12 días, y eso significaría aumentar un 34% el precio del pavimento y demás obras que los ciudadanos abonan como Contribución de Mejoras, y como se expuso, existe un consenso de que sería inapropiado esto suceda. Por lo tanto, ante la falta concreta del tiempo necesario para estudiar, elaborar y acordar el proyecto adecuado, es que el Concejo Municipal considera imprescindible no trasladar el reciente aumento de la UTM a la Contribución de Mejoras.

                        Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

 

ORDENANZA

 

Art.1.- Exceptúese de aplicar la actualización del valor de la UTM aprobada por Ordenanza Nº 4548 a los montos que se cobran por Contribuciones de Mejoras comprendidas en la Ordenanza Nº 4025.

 

Art.2.- Comuníquese, publíquese y archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, el día diecinueve del mes de diciembre del año dos mil catorce.

Información adicional

  • Expediente: Exceptúa la aplicación del valor actualizado de la UTM en la ordenanza Nº 4548 a los montos que cobran por contribución de mejoras.-
  • Derogada: No