¿Qué Buscás?

Ordenanzas por Año

ORDENANZA Nº 4967/17 - APROBANDO LAS ACTUACIONES DE LA CEVT EN TODO LO RELATIVO A LA EJECUCION DEL PLAN DE ALUMBRADO PUBLICO DEL PERIODO 2016

Visto:

 

La Ordenanza Nro. 4868/2017, que autorizó la celebración de un contrato entre el Departamento Ejecutivo y la Cooperativa Limitada de Consumo Popular de Electricidad y Servicios Anexos (C.E.V.T.) para la ejecución de obras de alumbrado público correspondientes al período 2016 -en el marco de las pautas establecidas por la Ordenanza 3801/2010, y

                   

Considerando Que: 

 

Conforme con las disposiciones vigentes la C.E.V.T. presentó ante la Autoridad de Aplicación un detalle de los montos efectivamente recaudados y los invertidos.

 

La Autoridad de Aplicación ha emitido un Despacho, concluyendo que considera conveniente dar por aprobadas las actuaciones de la entidad relativas al cumplimiento del Plan de Alumbrado Público ejecutado durante el período. El balance final del Plan de Remodelación de Alumbrado Público correspondiente al período comprendido entre los meses de enero y diciembre de 2016, arroja como resultado una diferencia a favor de la CEVT, producto de la diferencia entre lo previsto invertir y lo recaudado, de $ 2.441.122,00 importe que será trasladado al próximo ejercicio.

 

Asimismo, al ser aprobado dicho saldo, el valor de $ 2.441.122,00 (pesos dos millones cuatrocientos cuarenta y cuatro mil ciento veintidós), debe trasladarse en concepto de menores inversiones para el período 2017.

               

El convenio específico referido establecía que el plan se financiaría con una contribución para obras de alumbrado público -establecida en el 3,4 % del consumo de energía eléctrica y cargo fijo para distintas categorías de usuarios del servicio que la norma enumera-,  a percibir por la C.E.V.T. por el período de vigencia del contrato -tal lo dispuesto en la ordenanza que fija el marco para los convenios particulares, Nro. 3801/2010-, y con un tope máximo para la categoría Grandes Potencias, determinado en la suma de $ 863, de acuerdo con la ultima ordenanza aprobada.

.

En razón de que la C.E.V.T. ha continuado percibiendo tal contribución, corresponde aplicar los montos respectivos al nuevo plan de obras a ejecutar, correspondiente al período 2017, actualmente en estudio para su posterior aprobación por ese Cuerpo Deliberante.

 

Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente.

 

ORDENANZA

 

Art. 1º.- Apruébense las actuaciones de la Cooperativa Limitada de Consumo Popular de Electricidad y Servicios Anexos (C.E.V.T.) en todo lo relativo a la ejecución del Plan de Alumbrado Público para el período 2016, en cumplimiento de las Ordenanzas Nros. 3801 y 4868.

 

Art. 2º.- Dispóngase la aplicación del saldo excedente, $ 2.441.122,00 (pesos dos millones cuatrocientos cuarenta y cuatro mil ciento veintidós) a la inversión a realizar para el siguiente proyecto de obra de alumbrado público, correspondiente al período 2017.

 

Art. 3º.- Asígnese la contribución especial para ejecución de obras de alumbrado público, percibida por la CEVT desde el 1ro. de enero de 2016 hasta el 31 de diciembre de 2016 al plan de obras período 2016.

 

Art. 4º.- Autorícese a la C.E.V.T. la continuidad de la percepción del tributo referido en el artículo precedente, para aplicar al proyecto de obra correspondiente al período 2017.

 

Art. 5º.-  Comuníquese, publíquese y archívese.

    

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, el día diecinueve del mes de diciembre del año dos mil diecisiete.

Información adicional

  • Expediente: 3957-I-03
  • Derogada: No
  • Vetada: No

Concejo Municipal | Sarmiento 698 | TEL: 03462 - 438648 | Venado Tuerto | Santa Fé | Argentina

 Realizado por pensamosprimero.com

Poker bonus at bet365.com