Visto:
La sanción de la Ley Nº 12.385 y sus modificatorias y Decreto Reglamentario pertinente, y;
Considerando Que:
Durante el año 2017 la mencionada Ley prevé para la Municipalidad de Venado Tuerto el giro de un monto de $ 21.654.828,33 (pesos veintiún millones seiscientos cincuenta y cuatro mil ochocientos veintiocho con treinta y tres centavos) para ejecutar la construcción de Obras y/o Adquisición de Equipamiento y Rodados enmarcadas en el programa referido.
La Legislatura provincial ha sancionado la ley que posibilita que el Municipio pueda utilizar el 50% (pesos diez millones ochocientos veintisiete mil cuatrocientos catorce con dieciséis centavos) $10.827.414,16 de los fondos mencionados para el pago de gastos corrientes, tal cual lo sucedido en años anteriores; así, fue sancionada la Ordenanza Nº 4945/2017, del 8 de noviembre próximo pasado.
Este Departamento Ejecutivo ha decidido destinar el monto de $ 10.827.414,16 para el mejoramiento de diversos espacios públicos (Plaza Juan Pablo II, Plaza Padre Alfredo Giraldi -ex Plaza Mitre-, Plaza San Martin y Plaza del Docente), además de una tercera etapa del plan de mejoramiento de la calle Belgrano.
Las obras que se ejecutarán, respecto de las cuales no se prevé el recupero por contribución de mejoras, son las siguientes:
a) pavimento, cordón cuneta y dársena de estacionamiento Plaza del Docente;
b) ejecución de veredas internas Plaza Padre A. Giraldi (ex Plaza Mitre) - Etapa II;
c) juegos Plaza Juan Pablo II;
d) cordón cuneta y dársena de estacionamiento Plaza Juan Pablo II;
e) mobiliario Plaza San Martín;
f) remodelación calle Belgrano - esquina Belgrano y Mitre - Etapa III.
A efectos de la disposición de los fondos para la ejecución del proyecto previsto, es necesario remitir al Gobierno Provincial la correspondiente solicitud, resultando imprescindible para ello la aprobación del mencionado proyecto por parte de Concejo Municipal.
Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art. 1º.- Solicítese a la Secretaría de Regiones, Municipios y Comunas de la Provincia de Santa Fe se asigne a esta administración municipal el importe de $ 10.827.414,16 (pesos diez millones ochocientos veintisiete mil cuatrocientos catorce con dieciséis centavos) correspondiente a fondos no reintegrables en el marco de la Ley 12.385 y sus modificatorias y complementarias, que serán destinados a la remodelación de diversos espacios públicos y mejoramiento de calle Belgrano, tercera etapa, a saber:
a) pavimento, cordón cuneta y dársena de estacionamiento Plaza del Docente, monto asignado $ 1.585.247,00;
b) ejecución de veredas internas Plaza Padre A. Giraldi (ex Plaza Mitre) - Etapa II, monto asignado $ 1.287.127,00;
c) juegos Plaza Juan Pablo II, monto asignado $ 400.000,00;
d) cordón cuneta y dársena de estacionamiento Plaza Juan Pablo II, monto asignado $ 3.351.000,00;
e) mobiliario Plaza San Martín, monto asignado $ 718.911,16;
f) remodelación calle Belgrano - esquina Belgrano y Mitre - Etapa III, monto asignado $ 3.485.129,00.
Total $ 10.827.414,16 (pesos diez millones ochocientos veintisiete mil cuatrocientos catorce con dieciséis centavos).
No se prevé recupero por contribución de mejoras.
Art. 2º.- Facúltese al señor Intendente Municipal a gestionar los fondos citados y a convenir con el Gobierno Provincial el financiamiento total o parcial de las obras que se mencionan en el art. 1, y cuya realización se aprueba en este acto.
Asimismo, autorícese la realización de las modificaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la presente.
Art. 3º.- Dispóngase que los gastos que demande la adquisición de estos equipos serán imputados a las partidas presupuestarias correspondientes, las que pasarán a formar parte del Presupuesto General de Recursos y Gastos sancionado oportunamente.
Art. 4º.- Comuníquese, publíquese, y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, el día diecinueve del mes de diciembre del año dos mil diecisiete.