Visto:
El Establecimiento Hogar La Trinidad ubicado en calle Balcarce N° 861 de la ciudad de Venado Tuerto, y;
Considerando:
Que luego del relevamiento realizado en el lugar llegamos a la conclusión que es necesario sancionar la presente norma.
Que en las inmediaciones se observa mucho tránsito durante todo el día.
Que es necesario frente al Hogar establecer un lugar destinado para ascenso y descenso de pasajeros y para uso de ambulancias.
Que es vital generar un lugar apropiado para que los familiares retiren o lleven a sus seres queridos.
Que ordenaríamos de esta forma el tráfico en dicha cuadra, ya que actualmente se interfiere con la circulación peatonal y vehicular en el ingreso de personas que requieran atención médica del hogar o cuando ingresan sus familiares.
Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente.
ORDENANZA
Art. 1°.- Establézcase frente al Establecimiento Hogar La Trinidad, ubicado en calle Balcarce N° 861, un lugar destinado para ascenso y descenso de pasajeros y para el uso de ambulancias.
Art. 2°.- Dispóngase a través del área correspondiente colocar la señalética en el lugar.
Art. 3°.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, el día diecinueve del mes de diciembre del año dos mil diecisiete