Visto:
La ordenanza Nª 3874 que autoriza la circulación en la vía pública de los rodados ecológicos eléctricos; y,
Considerando:
Que dicha normativa se encuentra vigente desde el año 2010.
Que la misma surgió de la necesidad de ordenar la utilización de velocípedos ecológicos a pedal y eléctricos.
Que en su artículo 1° autoriza la circulación en la vía pública de los denominados rodados ecológicos eléctricos de hasta 1.500 watts.
Que con el correr de los años el desarrollo de estos vehículos fue creciendo llegando hoy a contar con unidades ecológicas de hasta 5.000 watts.
Que resulta necesario actualizar dicha norma incorporando a estos vehículos que se han visto potenciado en capacidad sin perder los beneficios ecológicos y sin impacto o contaminación ambiental.
Que la ordenanza vigente deja expreso que estas unidades requieren para circular de seguro y casco obligatorio para bicicletas o motos, exigencias estas a cumplimentarse a partir de la adquisición por el particular del rodado en los comercios respectivos; oblea de circulación municipal vigente; y licencia de conducir correspondiente a ciclomotor convencional categoría A1.
Que además la ordenanza ordena la identificación de los rodados referidos por medio de la oblea de circulación anual que se expende en la oficina Carnet dependiente de la Dirección de Tránsito por un monto de 35 U.T.M.
Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1.- Modifíquese el artículo 1° de la ordenanza Nº 3874/10 que quedará redactada de la siguiente manera: Autorícese la circulación en la vía pública de los denominados rodados ecológicos eléctricos de hasta 5.000 watts de encontrarse acreditados los siguientes recaudos:
• Seguro y casco obligatorio para bicicletas o motos, exigencias estas a cumplimentarse a partir de la adquisición por el particular del rodado en los comercios respectivos.
• Oblea de circulación municipal vigente.
• Licencia de conducir correspondiente a ciclomotor convencional categoría A1.
Art.2.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los nueve días del mes de mayo del año dos mil dieciocho.