Visto:
La Ordenanza Nº 4957/2017, el Convenio suscripto en su consecuencia, ratificado por la Ordenanza Nº 5006/2018, y;
Considerando Que:
En la Cláusula Tercera del convenio referido la empresa Corven Motors Argentina S.A. asumió la obligación de entregar a la Municipalidad de Venado Tuerto la suma de $ 3.000.000 (pesos tres millones), para la adquisición de tubos de 1.200 mm. de diámetro interior, que se colocarán en calle Quintana, frente al predio de la misma. La entrega de dicha suma se efectuaría por desembolsos parciales, en el término de los 30 y 180 días de la suscripción del acuerdo.
Corven Motors Argentina SA ha propuesto el cumplimiento de la obligación por medio de 5 (cinco) cheques de pago diferido, por la suma de $ 600.000 (pesos seiscientos mil) cada uno, con vencimiento el día 30 de los meses de junio a octubre inclusive.
A los fines de optimizar los recursos, -y dado el constante incremento de los precios de los insumos- se han solicitado diversas cotizaciones a proveedoras del ramo, a las que se propuso la forma de pago bajo la modalidad descripta en el párrafo anterior, cuyas copias se adjunta a éste para conocimiento de dicho Cuerpo Deliberante. De las mismas, ha resultado la más conveniente a los intereses municipales la provista por la firma Organizaciones Raful S.A., con domicilio en Av. Sarmiento 548 de la ciudad de Río Primero, provincia de Córdoba.
En las condiciones descriptas, con la suma comprometida resulta la posibilidad de adquirir 600 (seiscientos) caños alcantarillas de 1,20 m. por 1,00 m. a entregar en la ciudad de Venado Tuerto.
En la convicción de que se trata de una propuesta muy favorable es que se solicita autorización para formalizar la operación.
Finalmente corresponde dejar constancia que la presente Ordenanza es votada por la afirmativa por los señores Concejales Pellegrini, Bustos, Chiarella, Marenghini, Domínguez, Meardi y Downes; y por la negativa por los señores Concejales Rostom y Vernetti.
Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
O R D E N A N Z A
Art.1.- Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a recibir, en cumplimiento de la obligación asumida por Corven Motors Argentina S.A. en la Cláusula Tercera del Convenio ratificado por Ordenanza Nº 5006/2018, los cheques de pago diferido que a continuación se detallan, librados sobre BBVA Francés, plaza Venado Tuerto, cada uno de ellos por la suma de $ 600.000 (pesos seiscientos mil):
a) Nº 00579884, vto. 30/06/18;
b) Nº 00579885, vto. 30/07/18;
c) Nº 00579886, vto. 30/08/18;
d) Nº 00579887, vto. 30/09/18;
e) Nº 00579888, vto. 30/10/18.
Art.2.-Dispóngase que, no obstante, la Secretaría de Desarrollo Económico emita recibo de pago, éste no surtirá efectos cancelatorios de la obligación asumida por Corven Motors Argentina S.A. hasta que cada uno de los cheques no sea efectivizado.
Art.3.- Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a adquirir a Organizaciones Raful S.A., con domicilio en Av. Sarmiento 548 de la ciudad de Río Primero, provincia de Córdoba, la cantidad de 600 tubos alcantarillas de 1,20 m. por 1,00 m., con sus correspondientes entregas a cargo de dicha empresa en la ciudad de Venado Tuerto, formalizándose el pago con la entrega de los cheques mencionados en el artículo 1, que serán aplicados exclusivamente a la ejecución de la obra descripta en la Cláusula Cuarta del convenio ratificado por la Ordenanza Nº 5006/2018.
Art.4.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veintiocho días del mes de junio del año dos mil dieciocho.