Visto:
La propuesta realizada a este Departamento Ejecutivo Municipal por la señora Estela Adela Chialvo, relativa a un loteo de un inmueble de su propiedad , y;
Considerando Que:
En la misma la presentante propone a la Municipalidad la subdivisión de un predio de su propiedad, identificado como Manzana 810B de la Chacra 59, conforme con el Anexo Técnico adjunto.
El terreno a subdividir -que conforme con las disposiciones del Plan de Desarrollo Territorial de la ciudad se clasifica como Z6- desarrolla una superficie total de 2.988,41 m2, no correspondiendo en el caso la cesión de tierras al Municipio para reservas municipales, dado que ésta se ha configurado en la Mensura Nº 84.111/1975; si efectivizará la donación relativa a la superficie necesaria para el ensanche de la calle Marenghini (Lote 10 del plano de mensura confeccionado por los Agrim. Eduardo Lustig y María Virginia Drago).
La urbanizadora asume a su cargo la obligación de afrontar las obras que se detallan en las Cláusulas Tercera, Cuarta, Quinta, Sexta, Séptima y Octava del Convenio Urbanístico que se adjunta, relativas a infraestructura, forestación, apertura de calles, estabilizado granular, redes eléctricas y alumbrado público, gas, agua potable y red cloacal.
En función de la garantía de ejecución de las obras descriptas, se destina el Lote 7 del proyecto de subdivisión, el cual será liberado luego de haberse cumplimentado las obras de infraestructura y demás obligaciones asumidas por la urbanizadora.
Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1.- Ratifíquese el Convenio Urbanístico suscripto entre el Departamento Ejecutivo Municipal y Estela Adela Chialvo, D.N.I. 4.935.181, con domicilio en Enrique Alberdi 435 de esta ciudad, en fecha 2 de julio de 2018, para el proyecto de urbanización en Manzana 810B de la Chacra 59 de su propiedad y de acuerdo al Anexo adjunto, que forman parte integrante de la presente ordenanza.
Art.2.- Dispóngase que la aprobación precedente tiene como condición resolutoria la ejecución de las obras de infraestructura detalladas en el Convenio Urbanístico suscripto, asumidas por la propietaria.
Art.3.-Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los ocho días del mes de agosto del año dos mil dieciocho.