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ORDENANZA Nº 5057/18 - DISPONE PRORROGAR POR 60 DÍAS HÁBILES LA OPORTUNAMENTE SANCIONADA N°4769

Visto:

La necesidad de prorrogar  la Ordenanza N° 4769/2016 con  sus modificatorias y complementarias, para mantener la funcionalidad del Consejo Consultivo de Servicios y Obras Rurales (Cocosor); y,

 

Considerando:

Que este Consejo Consultivo es la herramienta con la que cuenta el Municipio de Venado Tuerto actualmente para solucionar la problemática del arreglo y mantenimiento de la red vial en el ámbito del ejido rural. Y que ha sido, a nuestro entender, una herramienta superadora y que es necesario darle continuidad.

Que ésta metodología de trabajo ha dado resultados satisfactorios a lo largo de su implementación, tanto es así que un síntoma de esto ha sido el sensible aumento de la tasa de cobrabilidad en el sector (cercano al 80%).

Que existe la necesidad de continuar y comenzar nuevas obras en caminos rurales anegados y otros que requieren de reparación y mantenimiento de forma inmediata, y que para esto es necesario que no pierda vigencia la actual legislación.

Que los productores pueden sostener una metodología de trabajo que les permite, de manera solidaria y participativa, manejar sus recursos económicos y las prioridades en los trabajos a realizar.

Que a los efectos de los argumentos enunciados, resulta imperativo que se prorrogue la vigencia de la Ordenanza Nº 4769/2016,  por el término de  60 (sesenta) días hábiles, teniendo en cuenta el artículo N° 9 de la misma,  que autoriza este mecanismo.

Que en el transcurso de los 60 (sesenta) días de prórroga, se deberán llevar a cabo reuniones de trabajo, entre los funcionarios municipales y este Concejo, con el objetivo de establecer un nuevo marco normativo, que regule al Consejo Consultivo de Servicios y Obras Rurales (Co. Co. Sor). Teniendo en cuenta, que dicho Consejo surge en el contexto de una Emergencia Hídrica, es necesario reformular su normativa y determinar la permanencia temporal del mismo.

Que es voluntad de todas las partes intervinientes abrir el debate, y en virtud de esto es que también, dentro del plazo establecido, se llamará a una asamblea con los productores de nuestra localidad para consensuar y explicar el nuevo proyecto de ordenanza;

Que, con fundamento en lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

 

ORDENANZA

 

Art.1.- Prorróguese por el término de 60 (sesenta) días hábiles la Ordenanza N° 4769/2016 con sus modificatorias y complementarias, a partir del día 11 de septiembre del año 2018, hasta el día 5 de diciembre del año 2018.

 

Art.2.- Comuníquese, publíquese y archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los tres días del mes de octubre del año dos mil dieciocho.

Información adicional

  • Expediente: 3600-C-01
  • Derogada: No
  • Vetada: No

Concejo Municipal | Sarmiento 698 | TEL: 03462 - 438648 | Venado Tuerto | Santa Fé | Argentina

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