Visto:
La solicitud efectuada a través del uso de la banca Ciudadana de la Jefa de la región VII de Educación, Prof. Stella Lapelle, con la presentación de un proyecto de ordenanza dónde se extiende por el término de cinco años la cesión en comodato del predio oportunamente cedido por la Municipalidad de nuestra ciudad en el marco de la Ordenanza 2605/98; y,
Considerando Que:
El31 de marzo de 2018 venció el convenio ratificado por Ordenanza 2605/98 en el cual se prorrogaba la cesión en comodato dada por ordenanza 1899/90 a la Federación de Asociaciones Cooperadoras Escolares del Departamento General López.
Referencias históricas indican que las gestiones para la donación en beneficio de la comunidad de las 489 hectáreas conocidas como El Hinojo deben buscarse por el año 1964, cuando la Unión de Cooperadoras Provinciales de Venado Tuerto, bajo la presidencia del Sr. Ricardo Matassi, apoyado por Don José Cibelli y bajo la intendencia del Sr López Sauqué, se dispuso empezar la búsqueda de los campos para que mediante ellos la institución comenzara a poseer una rentabilidad en pos de las instituciones de la ciudad. Después de muchas cartas, reuniones y viajes a la ciudad de Santa Fe, el 25 de octubre del año 1965, estando de Gobernador el Sr. Aldo Tessio, se consigue el comodato de las hectáreas de campo.
Posteriormente, el 30 de noviembre de 1981, mediante Ley provincial Nº 8933, el gobierno de Santa Fe dona a nuestra ciudad con cargo a ser destinado a obras de desagües el predio de 489 hectáreas, destacando que 200 hectáreas que corresponden al área no inundable deberán ser utilizadas en beneficio de la comunidad.
Es decir que el predio aludido se halla destinado desde el año 1965 (primero por la provincia, y luego de la donación, por el municipio) a las cooperadoras escolares, habiendo sido una indispensable contribución para la educación en nuestra ciudad a lo largo de décadas.
Fue por Ordenanza Nº 1182/84 que el estado Municipal formalizó a favor de la Federación de Cooperadoras Escolares de nuestra ciudad, la cesión y administración del predio rural para su explotación.
Dicha cesión se realizó por el plazo de cinco años, con el cargo de que los fondos resultantes de la explotación de esas tierras fueran destinadas exclusivamente a las prioridades establecidas por el FAE.
Posteriormente, con la Ordenanza 1738/88 se modifica la Ordenanza 1182/84, fijando que el uso de los fondos resultantes de la explotación será aplicado a las necesidades y prioridades que fijen las cooperadoras escolares de nuestra ciudad. Fue así que la Federación de Cooperadoras Escolares construyó el edificio de la Cocina Centralizada, que permitió extender de manera eficiente el servicio de suministro de raciones de comida a alumnos carenciados.
Cumplidos los plazos de esta primera cesión y tras la solicitud de prórroga de explotación del inmueble presentada por la Federación de Asociaciones Cooperadoras Escolares en abril del año 1990, se sancionó la Ordenanza 1899/90 determinando que la extensión del comodato sería por el plazo de tres años con opción a una prolongación de cinco años más. En su artículo 10º ratificaba que la Federación podía arrendar el predio a terceros.
Cumplidos esos tiempos, se sancionó la Ordenanza Nº 2605/98 que en su Art.1º ratificaba un “convenio de arrendamiento suscripto entre la Municipalidad de Venado Tuerto y el Sr. NICOLAS B. MURPHY - Sociedad de Hecho - representada por el señor RICARDO LUIS MIHANOVICH, con fecha 23 de julio de 1998.”Se trataba del arrendamiento de 30 hectáreas por 20 años para construcción del circuito automovilístico, por cuyo alquiler se les descontaría a Sucesores de Nicolás Murphy, por el mismo plazo, de lo que le debían pagar a la Federación de Cooperadoras por al alquiler de las 250 hectáreas del Hinojo que venía realizando.
Como el predio en cuestión se le restaba al cedido por la Municipalidad a la Federación según Ordenanza Nº 1899-90, resulto conveniente compensar a la Federación y extender todos los convenios hasta una única fecha de vencimiento.
Por ello, la Ordenanza 2605/98 en su Art.2º, prorrogaba “por un lazo de veinte (20) años, a partir de la sanción de la presente Ordenanza, la cesión en comodato otorgada a favor de la Delegación Venado Tuerto de la Federación de Asociados Cooperadores Escolares del Departamento General López otorgada por ordenanza Nº 1899/90.”
Yen su Art.3º le cede “en comodato el inmueble ubicado en el Distrito Venado Tuerto dentro del Aeródromo "Tomás B. Kenny" de aproximadamente veintisiete (27) hectáreas, el cual se encuentra actualmente afectado a la actividad agrícola para ser explotado por la delegación Venado Tuerto de la Federación de Asociados Cooperadores Escolares del Departamento General López, por un término de veinte (20) años a parir de la promulgación de la presente Ordenanza, en condiciones similares a las expresas en la Ordenanza Nº 1899-90.”
Finalmente, el 31 de marzo de 2018 venció el convenio y la vigencia de la Ordenanza 2605/98, originando la culminación de todos los contratos celebrados.
Entre ellos, el convenio celebrado el 7 de abril de 2011 entre la Federación de Cooperadoras Escolares y Sucesores de Nicolás B. Murphy, donde la Federación de Cooperadoras Escolares le alquilaba el predio de laguna El Hinojo para que siembren, a cambio de un canon que permitía solventar parte de las actividades de la institución.
Es de público conocimiento que la Federación de Cooperadoras Escolares se encuentra legalmente intervenida desde 2014 por irregularidades cometidas durante sus últimas comisiones directivas, y que sus interventores vienen realizando un esfuerzo por sanear las consecuencias de los desmanejos que llevaron a la institución a la quiebra.
El Concejo Municipal, preocupado por la realidad y los destinos de tan noble institución, se reunió recientemente con el Sr. Jorge Trucco, en su calidad de interventor de la Federación de Cooperadoras Escolares del Departamento General López, y con Stella Lapelle, Delegada de la Región VII de Educación.
Este Concejo manifestó a través de la Resolución 5036/18 su preocupación por las consecuencias negativas que puede implicar el cese de ingresos para la Delegación Venado Tuerto de la Federación de Cooperadoras Escolares del Departamento General López, del arrendamiento de los campos descriptos, en un momento crucial para su recuperación y normalización definitiva.
Finalmente, a la fecha, todo el predio que antes era arrendado con fines benéficos para explotación agrícola, hoy se encuentra sin destino, cubierto de malezas, en espera de definiciones de parte del Estado Municipal. Es por ello que el Concejo Municipal recibió al Sr. Rubén Oscar Muratori, DNI 11.791.340, domiciliado en calle Saénz Peña 876 de nuestra ciudad, quién manifestó su intención de arrendar parte del campo que actualmente se encuentra sin destino de explotación. Se refirió a unas 10 hectáreas con posibilidad de extender la cantidad a algunas más, definición que quedaría sujeta a exploración del terreno.
Por las condiciones desfavorables en que se encuentra el predio, producto de la maleza, y la premura con que se debe comenzar a trabajar agrícolamente para que tenga el mejor rinde posible, se acordó con el Sr. Muratori autorizarlo a comenzar a intervenir en el predio, bajo condiciones fijadas en la Ordenanza 5074/18, en la que se determinó en su Art. 1º: “Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a celebrar un contrato accidental de arrendamiento conforme al Art. 39 de la ley 13246, sus modificatorias y la ley 21452, con el Sr. Rubén Oscar Muratori, DNI 11.791.340, domiciliado en calle Sáenz Peña 876 de nuestra ciudad, de una cantidad de hectáreas a definir entre las partes, del predio propiedad del Estado Municipal conocido como “Laguna El Hinojo”, por el plazo de un año agrícola. Dicho convenio deberá ser ratificado por el Concejo Municipal, teniendo para ello un plazo máximo de 30 días partir de la promulgación de la presente.”
En su Art. 2º fijaba que “El precio del primer año de arrendamiento será fijado en 7 (siete) quintales de soja por hectárea, conforme cotización de Bolsa de Comercio de Rosario, precio pizarra. En caso que se haga uso de la acción de prórroga, las partes fijarán las nuevas condiciones.” Y finalmente, en el Art.3º: “El Concejo Municipal decidirá a qué entidad o política benefactora destinará lo recaudado por dicho arrendamiento.”
Recientemente se decidió que la entidad beneficiada de dicho arrendamiento será la institución Casa del Niño de nuestra ciudad.
Es por todo ello y convencidos de que el Estado Municipal no debe dejar de apoyar a la Delegación Venado Tuerto de la Federación de Cooperadoras Escolares del Departamento General López en la última etapa de su recuperación como querida y prestigiosa entidad de nuestra comunidad, es que se resuelve apoyarla a través de un subsidio mensual por el término de tres años.
Por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1.- Establézcase a partir del 1º de enero de 2019 y por el lapso de 1 (un) año, un subsidio municipal mensual equivalente a 1000 UTM (Mil Unidades Tributarias Municipales) para la Delegación Venado Tuerto de la Federación de Cooperadoras Escolares del Departamento General López.
Art.2.- Créase la partida “Apoyo a Delegación Venado Tuerto de la Federación de Cooperadoras Escolares del Departamento General López – Ordenanza Nº5105” en el Presupuesto General de la Administración Municipal, dónde deberá imputarse el subsidio establecido en el Art. 1º.
Art.3.- LaDelegación Venado Tuerto de la Federación de Cooperadoras Escolares del Departamento General López deberá presentar rendición trimestral de los importes recaudados y gastos realizados, al Departamento Ejecutivo Municipal y al Concejo Municipal.
Art.4.-Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veintiocho días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho.