Visto:
La ordenanza N° 5032/18 que dispone declarar al gobierno municipal responsable y protector de los bienes culturales declarados como patrimonio arquitectónico y urbanos existentes en nuestra ciudad, modificando el Plan de Desarrollo Territorial, y;
Considerando:
Que en el ámbito de nuestra ciudad existen numerosos edificios cuya importancia reside en su relevancia arquitectónica y social.
Que es necesario contar con normas precisas que preserven el patrimonio arquitectónico y urbano de los edificios y circuitos arquitectónicos que por su valor histórico y/o estético configuren parte de la identidad cultural de nuestra ciudad.
Que esos edificios y lugares urbanos son parte del proceso de apropiación del ambiente por los habitantes de la ciudad, adquiriendo así un importante valor como memoria social, contribuyendo a formar el paisaje de la ciudad y a incidir en el mejoramiento de la calidad de vida y en la identificación cultural de sus habitantes.
Que resulta necesario preservar nuestras raíces culturales, muchas de las cuales permanecen latentes desde tiempos remotos, tratando de rescatar nuestra identidad regional, nacional y latinoamericana.
Que, en este sentido, existen numerosos edificios con declaratoria municipal de patrimonio. Algunos de ellos como el Templo Evangélico Metodista (Resolución N° 1299/95); la Iglesia Catedral (Resolución N° 1685/99); Esquina Carelli (Resolución N° 1730/00) y el Banco Nación (Resolución N° 2081/01), están contemplados bajo resoluciones y no bajo ordenanza como la mayoría de los edificios o sitios históricos.
Que es por ello que, para poder preservar este patrimonio que es un tesoro cultural del cual se deben nutrir las sucesivas generaciones, resulta indispensable dictar una nueva norma para los edificios nombrados anteriormente.
Que por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1.- Declárese de Interés Patrimonial Municipal a los siguientes edificios de nuestra ciudad: Templo Evangélico Metodista (Belgrano 929), Iglesia Catedral (Belgrano 762), Esquina Carelli (Sarmiento y 3 de febrero) y Banco Nación (San Martín 401) por su valor urbanístico, arquitectónico e histórico-cultural.
Art.2.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veintisiete días del mes de noviembre del año dos mil diecinueve.