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Ordenanzas por Año

ORDENANZA Nº 5261/20 - Dispone eliminar el inciso “G” y modificar el inciso “D” del art. 1 de la oportunamente sancionada N° 3880/10 que reglamenta las especificaciones en lotes inferiores a las superficies minimas de 250 m2.

Visto:

La modificación de la Ordenanza Nº 3880/10, que reglamenta especificaciones para las edificaciones en lotes inferiores a las superficies mínimas de 250 m2, y;

Considerando: 

Que el nuevo Código de Desarrollo Territorial prevé en su Título III un sistema de gestión   que da origen a la Comisión del Plan de Desarrollo Territorial que se abocó al estudio de los casos particulares de estos lotes.

Que la Ley Orgánica de Municipalidades dictamina que son atribuciones del Concejo Municipal tomar estas determinaciones para ser ingresadas al Código.

Que en nuestra ciudad existen numerosos lotes de superficie inferior a la normada en este código especialmente en las esquinas los que deben tener un tratamiento específico.

Que este tema fue tratado en las reuniones de la Comisión y cuyos avances fueron reflejados en las respectivas actas, llegando a consensuar los criterios para el tratamiento de los mismos. Que el criterio general fue el de generar condiciones edilicias semejantes en lo que se refiere a la morfología a las edificaciones adyacentes a los fines de no generar, especialmente en los lotes de esquina, edificaciones que no tengan similitud con el resto de la cuadra. Como contrapartida, estas particularidades no podían disminuir las condiciones de habitabilidad de las viviendas en esquinas y las de sus vecinos.

Que a través del presente proyecto de ordenanza se pretende eliminar de la Ordenanza N°3880/10 el Inciso g) de su Artículo N° 1, el cual indica: “En las plantas altas se deberá respetar el Factor de Ocupación de Suelo (FOS) correspondiente a la zona”.

Que la modificación que se propone realizar surge el debate y el consenso en las diversas reuniones llevadas a cabo en la Comisión Mixta, a través de una iniciativa del Colegio de Arquitectos y Maestros Mayor de Obras.

Que la presente modificación implica el mismo tratamiento normativo para planta baja como para las plantas superiores, es decir, que van a compartir los mismos parámetros constructivos en cuanto al factor de ocupación del Suelo (FOS).

Que, por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

 

ORDENANZA

 

Art.1.- Elimínese el Inciso “g” del Artículo N°1 de la Ordenanza N°3880/10.

 

Art.2.- Modifíquese el inciso “d” del Art.1 de la Ordenanza N° 3880/10 que quedará redactado de la siguiente manera:

d: En lo referente a la ocupación del suelo, estos lotes deben cumplir con una de las siguientes dos condiciones: a) Un retiro de fondo equivalente a un mínimo de cinco metros (5 metros); b) Respetar el factor de ocupación del suelo (FOS) que correspondiere a la zona.

 

Art.3.- Comuníquese, publíquese y archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, el día veintiocho del mes de octubre del año dos mil veinte.

Información adicional

  • Expediente: 3967-I-03
  • Derogada: No
  • Vetada: No

Concejo Municipal | Sarmiento 698 | TEL: 03462 - 438648 | Venado Tuerto | Santa Fé | Argentina

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