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ORDENANZA Nº 5296/20 - Designando un lote municipal a la Sra. López Rosa Romina DNI 36.576.022 a los fines de que pueda adquirirlo mediante entrega del %30 de su valor en un pago y mediante financiación en 36 cuotas el monto restante. A raíz de lo di

Visto:

La Ordenanza 4670/16 y la importancia de que nuestra ciudad cuente con políticas habitacionales para personas con discapacidad, y;

 

Considerando:

Que el hecho de que en una familia haya un integrante con discapacidad, afecta notablemente al sostenimiento de la misma, atento en muchos casos deben costearse tratamientos, viajes, y según el caso, incluso, realizar un constante acompañamiento de la persona. Todo ello genera, de no contar con un buen pasar económico, una directa afectación en dicha área, por verse disminuida la disponibilidad laboral de la familia, dificultando notablemente, el ya de por si complejo acceso a la vivienda.

Que atento lo antes señalado se destaca mediante la presente el caso de la Sra. López, Rosana Romina DNI 36.576.022 cuya hija de 13 años, posee una severa e irreversible discapacidad, producto de una parálisis cerebral ocurrida a días de su nacimiento, la cual  requiere constante atención y tratamiento.   

Que la solicitante viene realizando importantes esfuerzos a los fines de reunirse de materiales e insumos necesarios para la construcción de su vivienda, atento cuenta con la colaboración de su pareja, quien es electricista y con mucho esfuerzo y esmero han ido ahorrando y comprando materiales usados; pero la meta se torna inalcanzable teniendo que sumar a la construcción, la adquisición de un lote.

Que la Sra. López, no cuenta actualmente con ningún apoyo estatal referente al cobro de la asignación universal por hijos como así tampoco la pensión por discapacidad.

Que atento la especial situación que la familia en tratamiento posee, y en concordancia con lo dispuesto por la Ordenanza Municipal 4670/16, así como lo señalado por la Ley Provincial Nº 9325,  la Ley Nacional Nº 22431 de Sistema de Protección Integral de los Discapacitados, y lo dispuesto por nuestra Constitución Nacional, se solicita elevar a la Comisión de Tierras de nuestra ciudad el tratamiento del presente caso para que la Sra. López  pueda acceder a la compra en cuotas de un lote en nuestra ciudad.

Que la solicitante se compromete a realizar una entrega correspondiente al 40% o 50% según precio final, resultante de tasaciones, de lotes y luego abonar en cuotas el monto restante, dejando a disposición del municipio la elección del modo de cobro,  pudiendo ser el mismo: personal  o  mediante sistema de débito aplicable a los haberes jubilatorios  percibidos por el padre de la solicitante, el Sr. López Alejandro quien es jubilado municipal, entendiendo esta última forma de cobro por parte del municipio como una muestra de buena fe y compromiso de cumplimiento de la solicitante. Que en forma independiente de lo mencionado ut supra, se solicita mediante la presente la intervención de la comisión de tierras de la ciudad a los fines de que mediante la evaluación de su personal idóneo se certifique lo aquí explicitado llevándose a cabo el correspondiente informe socio-ambiental.                               

Que por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

 

ORDENANZA

 

Art.1.- Desígnese un lote municipal a la Sra. López, Rosana Romina DNI 36.576.022 a los fines de que la misma pueda adquirirlo mediante entrega del 30 % de su valor en un pago, y una financiación de hasta 36 cuotas del monto restante, a raíz de lo dispuesto por la Ordenanza Municipal 4670/16 y demás legislación.

 

Art.2.- Solicítese la intervención del personal idóneo dispuesto por la Comisión de Tierras de la Municipalidad de Venado Tuerto a los fines de llevar a cabo la verificación necesaria expidiendo luego el informe socio-ambiental correspondiente.

 

Art.3.- La posesión, libre de tasas impuestos y/o gravámenes, será entregada por la Municipalidad a la compradora al momento de la suscripción del boleto de compra venta.

Art.4.- La escritura traslativa de dominio se otorgará a favor de la señora López, Rosana Romina DNI 36.576.022 una vez satisfecho la totalidad del pago del lote.

 

Art.5.- Los ingresos municipales provenientes de la presente deberán ser imputados a la Partida Presupuestaria N° 8787- Fondo de Tierras.

 

Art.6.- Comuníquese, publíquese y archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veintidós días del mes de diciembre del año dos mil veinte.

Información adicional

  • Expediente: 811-C-93
  • Derogada: No
  • Vetada: No

Concejo Municipal | Sarmiento 698 | TEL: 03462 - 438648 | Venado Tuerto | Santa Fé | Argentina

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