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ORDENANZA Nº 5511/22 - Modifica el inciso 14 del artículo IV.6 de la Sección 1 del Capítulo IV del Título II del Plan de Desarrollo Territorial.

Visto:

El proyecto de Ampliación de Red de Gas Nº P/VT/18/051 que involucra la Avda. Vieytes, y,

Considerando Que:

La Ordenanza Nº 4405/2013, modificatoria del Plan de Desarrollo Territorial, categoriza a la calle Vieytes como “Avenida” desde Avda. Patricio Boyle hacia el suroeste y establece un ancho oficial de 28,00 m (veintiocho metros) con 4,00 m (cuatro metros) de afectación para ensanche en ambas márgenes; la misma dispone, además, que “en los loteos en los que, por no estar aún vigente esta normativa, no se hubiesen solicitado, deberá exigirse como retiro de edificación para afectación de calle”.

La redacción original del Plan de Desarrollo Territorial, aprobado mediante la sanción de la Ordenanza Nº 3785/2009, no incluyó a la calle Vieytes dentro de la trama de avenidas secundarias de la ciudad.

En función de lo mencionado en el párrafo precedente, mediante la Ordenanza 4020/2011 el Concejo Municipal ratificó el Convenio Urbanístico suscripto con Juan José y Carolina Virginia Torres, el cual autorizó a la urbanización de un lote frentista a la calle Vieytes, de acuerdo con el ancho oficial vigente en ese momento, es decir, 20,00 m (veinte metros).

El objetivo de la ampliación de la red de gas es dotar de este servicio a la mencionada urbanización.

Por normativas vigentes, las redes de gas deben ejecutarse en el espacio público o, en su defecto, debe constituirse servidumbre a título gratuito a favor de la prestataria del servicio, Litoral Gas S.A. o la que la reemplazare en el futuro.

La concreción de la red de gas de acuerdo con el ancho actual de la Avda Vieytes, obligaría a la relocalización de dicha red, con los consecuentes problemas que acarrearía; es necesario destacar que la cantidad de lotes afectados a la obra asciende a 10 (diez), con idéntica cantidad de titulares, situación que implicaría acordar con diez propietarios particulares la cesión del espacio destinado a ensanche de Avda. Vieytes o en su defecto, la constitución de las servidumbres correspondientes, con la consecuente demora del inicio de obras.

Por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

 

ORDENANZA

 

Art.1°.- Reemplácese el texto del inciso 14 del artículo IV.6 de la Sección 1 del Capítulo IV del Título II del Plan de Desarrollo Territorial por el siguiente:

“14/ Vieytes:

Avenida Secundaria desde Avda. Patricio Boyle hasta Avda. Victorio Pegoraro.

Ancho oficial entre Avda. Patricio Boyle y Avda. Nº 120: 24,00 m. Afectación para ensanche de 4,00 m en su margen sureste.

Ancho oficial entre Avda. Nº 120 y Avda. Victorio Pegoraro (ex calle Nº 132): 28,00 m. Afectación para ensanche de 4,00 m en cada margen.”

 

Art.2°.- Encomiéndese a la Secretaría de Servicios y Obras Públicas la adecuación del proyecto de pavimento de la Avda. Vieytes entre Avda. Patricio Boyle y Avda. Victorio Pegoraro, de acuerdo al ancho oficial establecido en el artículo 1º de esta ordenanza.

 

Art.3°.- Comuníquese, publíquese y archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, el día uno del mes de junio del año dos mil veintidós.

Información adicional

  • Expediente: 3967-I-03
  • Derogada: No
  • Vetada: No

Concejo Municipal | Sarmiento 698 | TEL: 03462 - 438648 | Venado Tuerto | Santa Fé | Argentina

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