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Ordenanzas por Año

ORDENANZA Nº 5512/22 - Ratifica el Convenio suscripto con Chevent S.A. que en Anexo se adjunta, formando parte integrante de la presente ordenanza.

Visto:

La Resolución OP-Nº 041/18, dictada por la entonces Secretaria de Obras Públicas de la Municipalidad, el Mensaje Nº 046-OP-2018 remitido por el Departamento Ejecutivo al Concejo Municipal, los expedientes administrativos de Edificación Nº E.19024-1999 y E.47217-2022, los expedientes de Visación Previa Nº 13903 y 16223, y;

 

Considerando Que:

Por medio de la Resolución mencionada se autorizó a la firma Chevent S. A., con domicilio en Vélez Sarsfield 1855 de Venado Tuerto, propietaria del inmueble identificado como partida municipal Nº 15438, con carácter de excepción, a ejecutar la demolición y posterior construcción de acuerdo con el proyecto oportunamente presentado a visación previa Nº 13903 en tanto se respetare la superficie original del sector de referencia (polígono de 120 m2).

Tal autorización implicaba la posibilidad de realizar modificaciones sobre el inmueble, en el que conjuntamente con otros (partidas Nº 15438, 20447, 20448, 40449, 40450, 40451, 40452 y 40453) conforman una unidad edilicia donde se emplaza un local destinado a la comercialización de automotores; concretamente consistió en la adecuación de la altura del sector del alero existente (superficie semicubierta), reemplazándolo por una construcción cubierta, en la que si bien no se generaba técnicamente nueva superficie, todo eso se pretendía ejecutar sobre la zona determinada por las disposiciones vigentes como de “retiro obligatorio”.

El proyecto actualmente realizado presenta características de vanguardia, que jerarquizan la zona y contribuye a la consolidación de la arteria como corredor regional comercial; asimismo, dicha ampliación edilicia implicó como consecuencia la incorporación de nuevo personal de forma considerable.

Por otra parte, se puso de relevancia en aquel momento que había sido aprobada la nueva traza de la variante de la Ruta Nacional Nº 8 en su paso por Venado Tuerto, (Res. Nº 030-15 del 28/04/15) para cuyo dictado se tuvo especial consideración en el incremento del tránsito, la urbanización de la zona, inclusive sus instalaciones industriales, solución superadora a la duplicación de calzada y adecuación hidráulica que se había implementado originalmente, que permitirá un desarrollo urbanístico armónico para la ciudad.

En la disposición referida se contempló que, en concepto de plusvalía, la firma Chevent S.A. entregaría a la Municipalidad de Venado Tuerto la cantidad de 50 (cincuenta) ejemplares de distintos árboles y que se detallaron: sauce llorón, lapacho rosado y jacarandá (art. 3).

La Resolución OP-Nº 041/18 fue remitida para su ratificación al Concejo Municipal, por medio del Mensaje OP-Nº 046/2018, que no fue tratado oportunamente y perdió estado parlamentario; no obstante, la decisión adoptada en ella no fue objeto de impugnación alguna por parte del Cuerpo Deliberante.

Ante la revisión del expediente en oportunidad de haber ya abonado la liquidación de obra con sus respectivas multas (Recibo Nº 47217 por $ 384.550,57), no se pudo constatar el cumplimiento de dicho compromiso, por lo cual se arribó a un nuevo acuerdo con la empresa beneficiaria de la excepción, en el que se mejora sustancialmente la posición del Municipio, derogándose, por medio del dictado de la pertinente Resolución, el artículo que así lo dispuso.

Tal acuerdo consiste en la obligación, por parte de Chevent S.A., de la entrega a la Municipalidad de Venado Tuerto, en concepto de “Renta Urbana” o “Plusvalía”, de 100,00 m3 (cien metros cúbicos) de hormigón elaborado tipo H21 y 245 (doscientos cuarenta y cinco) tubos de hormigón de 0,60 m de diámetro. con características específicas (con armadura de hierro y cabezal); la entrega del material descripto se formalizará dentro del ejido urbano, en el tiempo y lugar que disponga la Secretaría de Servicios y Obras Públicas de la Municipalidad de Venado Tuerto, en el plazo máximo de 4 (cuatro) meses.

Por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

 

ORDENANZA

 

Art.1°.- Ratifíquese el Convenio suscripto con Chevent S.A. que en Anexo se adjunta, formando parte integrante de la presente ordenanza.

 

Art.2°.- Dispóngase que el final de obra correspondiente será otorgado por el área técnica municipal una vez cumplimentada la obligación asumida por Chevent S.A. contenida en el convenio ratificado en el artículo precedente.

 

Art.3°.- Comuníquese, publíquese y archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, el día uno del mes de junio del año dos mil veintidós.

Información adicional

  • Expediente: 3967-I-03
  • Derogada: No
  • Vetada: No

Concejo Municipal | Sarmiento 698 | TEL: 03462 - 438648 | Venado Tuerto | Santa Fé | Argentina

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