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ORDENANZA Nº 5516/22 - Crea un Lugar Apto Declarado para Helicópteros (LADH) en las inmediaciones del Hospital Regional Alejandro Gutiérrez de Venado Tuerto, el cual será denominado "HELIPUERTO SANITARIO BAJO PROTOCOLO HAG"

Visto:

La necesidad de instalar y regular "Lugares Aptos Declarados para Helicópteros de Emergencia" en la ciudad de Venado Tuerto, y;

 

Considerando:

Que en nuestra ciudad se encuentra emplazado el Hospital Regional Alejandro Gutiérrez, un nosocomio público de alta complejidad que presenta una ubicación estratégica en cuanto a ser Venado Tuerto la ciudad más grande del departamento General López, ubicada en el centro geográfico del departamento y a la vera de las Rutas Nacionales 8 y 33 y de varias Rutas Provinciales.

Que originalmente el proyecto no tenía pensado estos espacios de maniobras para emergencias y/ o para los vuelos sanitarios, que garantizan un traslado, evacuación y una atención rápida y efectiva de pacientes adultos , niños y niñas, que requieran atención médica inmediata, o en su defecto traslados hacia otros centros asistenciales de mayor complejidad, como así también para los traslados en los operativos de ablación de órganos, pero el Hospital de referencia se encuentra rodeado de espacios públicos y/o arterias del orden municipal, y que podrían facilitar su ejecución, como ha sucedido en ciudades de nuestra región, en particular en la localidad de Rosario.

Que se considera Lugares Aptos Declarados para Helicópteros, LADH, a aquellos lugares que previamente denunciados ante la Autoridad Aeronáutica se utilicen habitual o periódicamente para las operaciones de aterrizaje y despegue, y que tengan todas las características que permitan garantizar, bajo la responsabilidad del piloto, una total seguridad para la operación y terceros.

Que un soporte aéreo para emergencias, a disposición de quien lo requiera, dedicado a salvar vidas y a colaborar con las instituciones en todo tipo de servicio y eventos, es una tarea multidisciplinaria que abarca el avistamiento y relevamiento aéreo, la fotografía, el rescate, los traslados, las evacuaciones, el patrullaje preventivo, el control de eventos especiales y la lucha contra incendios, entre otros.

Que es de suma importancia la eficiente ayuda que se puede brindar desde un helicóptero en situaciones límites de emergencia sanitaria, a saber, accidentes viales y/o eventos extraordinarios, donde el tiempo es el factor fundamental para salvar vidas.

Que a través de esta ordenanza se propone la creación de un helipuerto activado bajo protocolo en las inmediaciones del Hospital Regional Alejandro Gutiérrez para el traslado de pacientes que necesiten ser aeroevacuados.

Que la creación de un helipuerto demanda una inversión costosa y se demoraría mucho tiempo, por tal razón, resulta eficaz la utilización espacios públicos aptos y/o previamente diseñados como punto de aterrizaje de emergencia.

Que la ubicación del LADH en las inmediaciones del Hospital Alejandro Gutiérrez dará ventajas en términos de tiempo y espacio, reduciendo el lapso de cada viaje y, a su vez, no será necesario tanto espacio debido a que las operaciones con helicópteros se basan en despegar y aterrizar verticalmente.

Que para la definición y ubicación de este LADH deberá considerarse:

  • Accesibilidad: Contar con una vía ágil y rápida de traslado significa poder salvar vidas, creciendo en calidad de atención y respuestas y garantizando la accesibilidad y el traslado a y desde este Hospital de Alta Complejidad.

  • Trasplante de órganos y tejidos: Es una oportunidad para optimizar los operativos de traslado de órganos para trasplantes, siendo nuestro Hospital pionero en estas prácticas a nivel provincial.

  • Respuestas modernas y efectivas en situaciones límites: Accidentes de tránsito en rutas o calles municipales, ahogamientos de niños, lesiones severas con ventanas limitadas entre otros tantos serían beneficiados en la logística de traslados.

Que para que la autorización de este LADH sea posible, es necesario que la Municipalidad de Venado Tuerto, a través de las áreas técnicas correspondientes proceda a realizar el trámite correspondiente ante la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), a saber:

1. Nota del Departamento Ejecutivo Municipal autorizando el trámite ante la ANAC.

2. Autorización del Departamento Ejecutivo Municipal para la utilización del espacio que será definido como LADH.

3. Resolución interna del Departamento Ejecutivo Municipal identificando el lugar como "HELIPUERTO SANITARIO BAJO PROTOCOLO DE EMERGENCIA HOSPITAL ALÑEJANDRO GUTIERREZ".

4. Un informe del impacto ambiental por parte de la repartición municipal que corresponda.

5. Informe catastral de alturas máximas sobre las dos manzanas adyacentes al punto de aterrizaje.

6. Nota compromiso Guardia Urbana Municipal para asegurar el área cuando se active el protocolo en el momento de despegue y aterrizaje.

7. Planos del lugar.

8. Copia del Protocolo del Activación del LADH.

9. Nota Compromiso de Bomberos de concurrir a prestar apoyo cuando se active el Protocolo.

10. Cualquier otro tramite o presentación que la autoridad correspondiente estime necesaria.

Que basándonos en las experiencias de otras localidades con hospitales de alta complejidad como la nuestra, llevar a cabo este proyecto sería de fácil ejecución y bajo costo ya que la intervención sobre el lugar designado no genera grandes erogaciones para el estado Municipal.

Que por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

 

ORDENANZA

 

Art.1°.- Créase un Lugar Apto Declarado para Helicópteros (LADH) en las inmediaciones del Hospital Regional Alejandro Gutiérrez de Venado Tuerto, el cual será denominado "HELIPUERTO SANITARIO BAJO PROTOCOLO HAG". El mencionado espacio estará destinado a las operaciones de aterrizaje y despegue de emergencias sanitarias, colaborando con los distintos espacios de salud públicos y privados de la ciudad de Venado Tuerto y la zona de influencia.

 

Art.2°.- A los fines de la presente ordenanza se entiende por Lugares Aptos Declarados para Helicópteros (LADH) a lo establecido por la Administración Nacional de Aviación Civil (A.N.A.C): "aquellos lugares que previamente denunciados ante la Autoridad Aeronáutica se utilicen habitual o periódicamente para las operaciones de aterrizaje y despegue, y que tengan todas las características que permitan garantizar, bajo la responsabilidad del piloto, una total seguridad para la operación y terceros. Debiendo adecuarse a las normativas que en virtud de su reglamentación se encuentren vigentes o se dicten".

 

Art.3°.- A los efectos de su autorización por la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) la Municipalidad de Venado Tuerto deberá cumplimentar con los requisitos que establezca la reglamentación aeronáutica respectiva, así como también toda otra disposición nacional, provincial o municipal que en su consecuencia se dicte para la puesta en funcionamiento del espacio.

 

Art. 4.- Establézcase una reglamentación de trabajo y protocolo de actuación para coordinar el trabajo del Personal de Salud, 107, personal de Tránsito Municipal, Guardia Urbana y Bomberos Voluntarios de nuestra ciudad para asegurar el área en el momento de despegue y aterrizaje y trabajar coordinadamente cuando se active el Protocolo del Activación del LADHAG, coordinando simulacros de traslado aéreo y actuaciones que sean necesarias para protocolizar en el personal las acciones para este tipo de operativos.

 

Art.5°.- Comuníquese, publíquese y archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, el día uno del mes de junio del año dos mil veintidós.

Información adicional

  • Expediente: 3336-C-00
  • Derogada: No
  • Vetada: No

Concejo Municipal | Sarmiento 698 | TEL: 03462 - 438648 | Venado Tuerto | Santa Fé | Argentina

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