Visto:
Que la Av. Leandro N. Alem se encuentra nomenclada como tal hasta Fortín El Zapallar de la ciudad de Venado Tuerto, y;
Considerando:
Que vecinos de la zona han manifestado su inquietud acerca de las dificultades que se les suscitan por no tener una calle con nombre oficial, especialmente sobre su vinculación con inconvenientes relativos a la actividad comercial y su interacción con clientes y proveedores.
Que el sentido común aboga por un ordenamiento más racional para los vecinos del sector y los visitantes, quienes son, en gran medida, proveedores, comisionistas y clientes de distintos emprendimientos productivos de la zona.
Que esta calle ya presenta cuatro nombres distintos a lo largo de su traza nominada, a saber: Av. Dr. Luis Chapuis, Av. Alejandro Estrugamou, Av. Eduardo Casey y Av. Leandro N. Alem.
Que la calle Alem se encuentra nomenclada hasta Fortín El Zapallar (circunvalación).
Que, por continuidad y con el objeto de evitar persistir en la segmentación nominal mencionada anteriormente -situación que, por otro lado, no se repite en ninguna de las otras calles de la ciudad-, entendemos que sería conveniente extender el nombre de Av. Alem hasta su intersección con la Ruta Nacional N°8.
Que la importancia de la personalidad de Leandro N. Alem es de público conocimiento, en tanto fundador de la Unión Cívica Radical –partido con una trayectoria decisiva en la historia de la Argentina y cuna de dirigentes políticos de renombre–, e incansable defensor del federalismo y la república.
Que, además, los vecinos ya han adoptado esta denominación de manera informal y consuetudinaria, por lo que consideramos beneficioso ratificar así esta situación de hecho.
Que este tema fue tratado en la Comisión de Nomenclatura del Concejo Municipal donde consideraron adecuada la propuesta.
Que este es también el criterio adoptado por la Secretaría de Desarrollo Productivo y Planeamiento Urbano de la Municipalidad de Venado Tuerto.
Que por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1°.- Denomínese Av. Leandro N. Alem a la continuación de la misma a partir de la intersección con Fortín El Zapallar de la ciudad de Venado Tuerto y hasta su intersección con la Ruta Nacional N°8.
Art.2°.- Dispóngase la colocación de la señalética correspondiente.
Art.3°.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil veintidós.