¿Qué Buscás?

Ordenanzas por Año

ORDENANZA Nº 5672/23 - Autoriza al DEM a formalizar un Convenio de Permuta con el señor Raúl Alberto Dignani, por medio del cual ambas partes se cederán mutuamente en propiedad lotes

Visto:

  El objetivo de la Municipalidad de Venado Tuerto de avanzar en el proyecto del Área Recreativa Norte (ARN, y;

 

Considerando Que:

El señor Raúl Alberto Dignani, en su carácter de único heredero de un lote ubicado en Avenida Quintana N° 2425, identificado con municipal N° 10001106, afectado al Área Recreativa Norte, oportunamente presentó un reclamo por la ejecución, por parte del Municipio, de un canal aliviador de desagües del Barrio Juan XXIII y zona de influencia, que atraviesa el mencionado lote, sin que haya prestado su autorización.

Luego de algunas conversaciones, entendiendo que el predio es de interés municipal, -dado que la obra se debió a una necesidad impostergable para evitar inundaciones en zona residencial- el señor Dignani, ofreció la posibilidad de canjearlo por otro terreno de propiedad municipal, adjuntando toda la documentación que acredita ser el legítimo dueño del predio en cuestión.

El lote afectado al Área Recreativa Norte fue tasado en la suma de $ 4.800.000,00 por el Martillero Alejandro Prola; la Dirección de Tierra y Hábitat le ofreció, para su elección, al señor Dignani, varios terrenos municipales de valor aproximado, resultando elegido el situado en calle Islas Malvinas Nº 636, partida municipal Nº 14679, de 220,84 m2 (doscientos veinte metros cuadrados ochenta decímetros cuadrados) de superficie total, que fuera tasado en el monto de $ 5.100.000 (pesos cinco millones cien mil)

Esta propuesta fue convalidada por la Comisión Municipal de Tierras en reunión celebrada el 31 de julio de 2023, debiendo remitirse al Concejo Municipal para su autorización.

Por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

 

ORDENANZA

 

Art.1°.- Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a formalizar un Convenio de Permuta con el señor Raúl Alberto Dignani, DNI 6.144.503, con domicilio en calle Formosa N° 254, por medio del cual ambas partes se cederán mutuamente en propiedad los lotes que se detallan en el artículo siguiente.

 

Art.2°.- a) La Municipalidad de Venado Tuerto cede en propiedad al señor Raúl Alberto Dignani, una fracción de terreno baldío situada en Venado Tuerto, departamento General López, provincia de Santa Fe, parte de la Chacra designada en el Plano Oficial con el número 31, Manzana 2, Lote 2, según el plano confeccionado por el Ing. Agrim. Emiliano Zanini, registrado bajo el número 203.833, año 2017; encierra una superficie total de 220,84 m2 (doscientos veinte metros cuadrados ochenta y cuatro decímetros cuadrados), partida municipal N° 14679, partida Impuesto Inmobiliario Nº 17-13-00-360.462/0013-7, cuya valuación se fija en la suma de $ 4.800.000 (pesos cuatro millones ochocientos mil);

               b) el señor Raúl Alberto Dignani cede en propiedad a la Municipalidad de Venado Tuerto una fracción de terreno baldío situada en la zona rural de la ciudad de Venado Tuerto, departamento General López, provincia de Santa Fe, ubicado en Avenida Quintana N° 2425, identificado como Lote 5, Chacra 93, que mide 70,00 metros de frente por Av. Quintana y 147,50 metros por calle República de Irlanda; encierra una superficie total de 10.325,00 m2 (diez mil trescientos veinticinco metros cuadrados), partida municipal N° 10001106, partida Impuesto Inmobiliario Nº  17-13-00-360.310/0007-0, valuada en la suma de $ 4.800.000 (pesos cuatro millones ochocientos mil)

 

Art.3º.-  A la fecha de firma del Contrato de Permuta las partes se obligan a entregarse mutuamente la posesión quieta, pacífica y libre de ocupantes de los inmuebles detallados en el art. 2° de la presente, así como también con las tasas o derechos municipales que les correspondieren abonados hasta esa fecha, debiendo ambas someterse al fiel cumplimiento de todo lo establecido en la presente bajo pena de rescisión.

 

Art.4º.-Cada una de las partes asume los gastos y costos que correspondan a la escritura del inmueble que recibe en la permuta autorizada por esta ordenanza.

 

Art.5°.- Comuníquese, publíquese y archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los tres días del mes de agosto del año dos mil veintitrés.

Información adicional

  • Expediente: 1891-C-96
  • Derogada: No
  • Vetada: No

Concejo Municipal | Sarmiento 698 | TEL: 03462 - 438648 | Venado Tuerto | Santa Fé | Argentina

 Realizado por pensamosprimero.com

Poker bonus at bet365.com