Visto:
La devaluación de la moneda argentina dispuesta por el Gobierno Nacional el pasado 14 de agosto, el planteo formulado a este Departamento Ejecutivo Municipal por la adjudicataria de las Licitaciones Públicas Nº 009/23 y 015/23, Mori – Rossetto Hormigonera Sociedad de Responsabilidad Limitada, y;
Considerando Que:
Es de público conocimiento que la mencionada devaluación generó un incremento generalizado de los precios. La adjudicataria de los procesos licitatorios referidos, que se encuentra con sendos contratos en curso de ejecución, ha presentado un planteo -invocando la Teoría de la Imprevisión contemplada en el art. 1091 del Código Civil y Comercial de la Nación- con relación a la posibilidad de reajustar los precios unitarios del material adquirido como producto de los procesos licitatorios -hormigón elaborado puesto en obra tipo H-30-.
Su petición se fundamenta en los valores de cotización efectuados oportunamente; concretamente, en la Licitación Nº 009/23, por 4.000 m3, el 04/05/23, se estimó el precio de la unidad en $ 36.825,14, en tanto que, en la segunda mencionada, Nº 015/23, por 1.000 m3, el 26/07/23, en $ 45.376,73 el metro cúbico, valores que, según sus propias manifestaciones, cubrían los costos y representaban una razonable rentabilidad. Dado que de la Licitación Nº 009/23 resta por entregar y abonar la cantidad de 808,30 m3 y de la Nº 015/23 la totalidad, es en razón del aumento abrupto de los precios que ha solicitado la redeterminación de sus precios, estimando que la unidad de material debería fijarse en la suma de $ 52.607,75, de acuerdo con los cambios operados en el mercado.
Recabados presupuestos en proveedoras locales del ramo por parte de la Subsecretaría de Obras Públicas del Municipio, Car-Corts S.A.S. cotizó el metro cúbico a razón de $ 54.000,00, en tanto que Dumtrax S.R.L. lo hizo en $ 41.000,00 más IVA, de los que resulta un promedio de $ 49.610,00.
Considerando ese monto promedio de precio de metro cúbico de hormigón elaborado, respecto de los precios por los que se realizaron las correspondientes adjudicaciones surge una diferencia de $ 12.784,86 con relación a la primera licitación, y de $ 4.233,27 a la segunda y teniendo en cuenta las cantidades que restan entregar y abonar en cada uno de los procedimientos licitatorios que originaron la operatoria de adquisición del material -808,30 m3 y 1.000 m3, respectivamente-, resulta una diferencia de $ 12.784,86
En la convicción de que asiste razón a la peticionante, pero invocándose de esta parte la Teoría del Esfuerzo Compartido, se ha arribado al acuerdo de pagar a la contratista el equivalente al 50 % de la diferencia del precio de adjudicación con el precio del promedio resultante de las cotizaciones solicitadas en las proveedoras más arriba detalladas.
A tales efectos, se requiere la autorización expresa por parte de ese Cuerpo Deliberante.
Por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1°.-Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a redeterminar los precios de las Licitaciones Públicas Nº 009/23 y 015/23, de las cuales resultara adjudicataria Mori – Rossetto Hormigonera Sociedad de Responsabilidad Limitada, C.U.I.T. Nº 30-70968732/4, con domicilio en P. Iturbide 1361 de la ciudad de Venado Tuerto, (Decretos D.E.M. Nº 110/23 y 187/23, respectivamente) de acuerdo con el detalle de los artículos siguientes.
Art.2°.- Dispóngase que por la cantidad pendiente de entrega y consecuente pago de hormigón elaborado tipo H-30 puesto en obra de la Licitación Pública Nº 009/23, 808,30 m3, se adicionará al monto originario resultante de la adjudicación la suma de $ 5.167.001,17 (pesos cinco millones ciento sesenta y siete mil uno con diecisiete centavos).
Art.3º.- Dispóngase que por la cantidad pendiente de entrega y consecuente pago de hormigón elaborado tipo H-30 puesto en obra de la Licitación Pública Nº 015/23, 1.000,00 m3, se adicionará al monto originario resultante de la adjudicación la suma de $ 2.116.635,27 (pesos dos millones ciento dieciséis mil seiscientos treinta y cinco con veintisiete centavos).
Art.4°.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veinte días del mes de setiembre del año dos mil veintitrés.