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ORDENANZA Nº 5704/23 - Autoriza al DEM a formalizar con los señores María I. Quiroga, Vanesa P. Arias y Miguel A. Ruiz, un Contrato de Permuta sobre los inmuebles que se detallan en la misma

Visto:

   La necesidad de avanzar en la concreción de la correcta apertura de calles Pavón y P. Iturbide, y;

Considerando Que:

En la citada intersección, interrumpiendo ambas trazas e impidiendo que los vecinos puedan acogerse a obras de cordón cuneta, pavimentación u otros servicios, se encuentra una edificación precaria, que es necesario demoler.

La vivienda en cuestión se identifica como Partida Municipal 21793, P.I.I. Nº 17-13-00-360058-0001/7, Lote 1, Chacra 57, situada en calle P. Iturbide 106, y consta de 300,00 metros cuadrados, lindando 10,00 metros por calle P.  Iturbide y 30,00 metros por calle Pavón; se encuentra registrada a nombre de Miguel Ropell y Paulina Schivino, calificada administrativamente como “estado de abandono” por la deuda de TGI existente.

Dicha vivienda fue ocupada durante tres décadas por la señora María Irma Quiroga; actualmente su hija, Vanesa Arias y su yerno, Miguel Ruiz, la llevaron a vivir con ellos. La familia reconoce no tener documentación respecto del inmueble, que están utilizando como depósito, pero reclaman su posesión por haberlo ocupado durante treinta años, y expresan haber ingresado en el mismo por gentileza de los titulares, hoy fallecidos. También reconocen que existe a la fecha una deuda con la Cooperativa de Obras Sanitarias ($ 174.702), API ($ 19,380) y la propia Municipalidad ($ 55.244), que no están en condiciones de abonar.

Con ánimo de solucionar el conflicto, desde el Estado Municipal se le ofreció a los señores Arias y Ruiz, quienes aceptaron, una reserva municipal situada en calle Falucho N° 1795, esquina calle R. Carelli, de 200,00 metros cuadrados, a cambio de asumir bajo su exclusiva responsabilidad el desalojo de la vivienda en el término máximo de 3 (tres) meses a partir de la firma del respectivo convenio. A cambio, la Municipalidad asumirá las deudas del inmueble, con excepción de la Cooperativa de Obras Sanitarias, que deberán saldarla los actuales ocupantes.

La Comisión de Tierras, en reunión celebrada el día 22 de abril de 2023, resolvió proseguir con el acuerdo, a los efectos de avanzar en la resolución de una problemática histórica, citando como antecedente la reciente Ordenanza N° 5632/23, que permitió solucionar un problema similar con la familia Alasio, cuyos integrantes habitaban otra vivienda que invadía calle Pavón, a quienes se relocalizó y fue liberada definitivamente la traza de la arteria.

En razón de que el inmueble que, en calidad de permuta, entregarán los señores Arias y Ruiz se encuentra con títulos imperfectos, cada una de las partes asumirá la totalidad de costos y gastos que represente la correspondiente escrituración del bien que recibirá en virtud del contrato.

Por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

 

ORDENANZA

 

Art.1°.- Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a formalizar con los señores María Irma Quiroga, DNI 6.529.407, Vanesa Paola Arias, DNI 25.656.085, y Miguel Antonio Ruiz, DNI 22.206.509, con domicilio en calle Pasaje Perú Nº 122, un Contrato de Permuta sobre los siguientes inmuebles:

  a) los señores Quiroga, Arias y Ruiz harán cesión de los derechos posesorios, con todo lo edificado, clavado y plantado, en favor de la Municipalidad de Venado Tuerto, del inmueble identificado con la Partida Municipal N° 21793, P.I.I. 17-13-00-360058-0001/7, Lote 1, Chacra 57, situada en calle P. Iturbide 106, que consta de 300,00 metros cuadrados, de 10,00 metros por calle P. Iturbide y 30,00 metros por calle Pavón;

   b) a Municipalidad de Venado Tuerto entregará en propiedad a los señores Quiroga, Arias y Ruiz una fracción de terreno baldío, situado en la ciudad de Venado Tuerto, departamento General López, provincia de Santa Fe, que es parte de la Chacra 59, Manzana B, Lote 1 del plano de mensura para adquisición de dominio archivado bajo el número 245.376 del año 2021, confeccionado por la Agrim. Daiana Olivieri; Partida Impuesto Inmobiliario Nº 17-13-00-360.614/0133 (mayor área), compuesto por 8,00 metros de frente al Noreste lindando con calle Falucho; 25,00 metros al Sureste, lindando con calle R. Carelli; 8,00 metros al Suroeste, lindando con Lote 2 de la misma manzana y plano y 25,00 metros al Noroeste, lindando con remanente del lote, que encierra una superficie total de 200,00 m2 (doscientos metros cuadrados) y se identifica con partida municipal Nº 31294.

 

Art.2°.- Los señores Quiroga, Arias y Ruiz se comprometen en un plazo máximo de tres meses, a contar desde la suscripción del contrato de permuta, a desalojar la vivienda que actualmente utilizan de depósito, y a entregar a la Municipalidad de Venado Tuerto, la posesión quieta, pacífica y libre de ocupantes del inmueble detallado en el inc. a) del art. 1° de la presente, así como también la deuda con la Cooperativa de Obras Sanitarias de Venado Tuerto abonada hasta esa fecha, renunciando a todo reclamo al respecto.

 

Art.3°.- Efectivizado el desalojo referido en el artículo anterior, la Municipalidad de Venado Tuerto tomará posesión del inmueble que recibe procediendo a la demolición de lo edificado.

 

Art.4º.- Cada una de las partes asume a su cargo los gastos y costos de la escrituración del inmueble que recibe en virtud de la permuta autorizada en el art. 1.

 

Art.5°.- Comuníquese, publíquese y archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los cuatro días del mes de octubre del año dos mil veintitrés.

Información adicional

  • Expediente: 811-C-93
  • Derogada: No
  • Vetada: No

Concejo Municipal | Sarmiento 698 | TEL: 03462 - 438648 | Venado Tuerto | Santa Fé | Argentina

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