Visto:
La propuesta de re-loteo en 17 (diecisiete) lotes de propiedad de los señores Ariel Fabián y Marcelo Daniel Altobello, presentada por el Agrim. José L. Centarti, en la previa de mensura N° 3307 (exp. admin. N° 214.609/C/2021) y el Ing. Agrim. Pablo M. Molacchino en las previas de mensura N° 3492/2022 y 3493/2022 y el exp. admin. N° 222.790/M/2022, y;
Considerando Que:
Los inmuebles a subdividir en 38 (treinta y ocho) lotes -dos de ellos, destinados a ensanche de Avda. Jujuy- en 7 (siete) etapas, conforme con las disposiciones del Plan de Desarrollo Territorial (Ordenanza N° 4404/2013 y sus modificatorias) corresponden a la Zona Z12 -Residencial extraurbano 1-, son parte de la Chacra N° 6, identificados como Lotes 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13 y 14 de la manzana G del plano de subdivisión N° 63.467/1.970,manzana catastral N° 861, Partida T.G.I. N° 52442 – 52443 – 52444 – 52445 – 52446 – 52447 – 52448 – 52449 – 52450 – 52451 – 52452 – 52453 – 52454 – 52455, Partida Impuesto Inmobiliario N° 17-13-00-360458/0006, con 175,00 metros sumados de frente por Avda. Jujuy y calle Isaac Sigal y 212,00 metros de frente sumados por calles Primera Junta y Juan Larrea, que encierran una superficie sumada según título de 37.100,00 m² y según mensura de 37.100,02 m² y que se hallan inscriptos en el Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario al T°489 F°264 N° 377.723, fecha 11/10/1996, Departamento General López y Lotes 1, 2 y 3 de la manzana H del plano de subdivisión N° 63.467/1.970,manzana catastral N° 856, Partidas T.G.I. N° 52458 – 52457 – 52456, Partida Impuesto Inmobiliario N° 17-13-00-360458/0015, con 96,00 metros sumados de frente por calle Primera Junta y 87,50 metros de frente por calles Isaac Sigal y Dr. Ángel Re, que encierran una superficie sumada según título y mensura de 8.400 m² y que se hallan inscriptos en el Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario al T°489 F°263 N°377.722, fecha 11/10/1996, Departamento General López.
De acuerdo con las normativas vigentes corresponde la donación de espacio destinado a ensanche de Av. Jujuy de las reservas para espacios verdes y libres públicos y para equipamiento comunitario de uso público.
En el Convenio Urbanístico que se adjunta los urbanizadores asumen la obligación de ejecutar a su cargo las obras que se detallan en las Cláusulas Quinta, Sexta y Séptima, relativas a Infraestructuras de Estabilizado granular, Desagües pluviales -cunetas-, Forestación y Redes eléctricas y Alumbrado público.
La Municipalidad destinará los lotes mencionados en la Cláusula Octava del Convenio Urbanístico, a garantía de ejecución de las obras de infraestructura descriptas, los que serán liberados cuando las obras pactadas se encuentren terminadas y con el acta de recepción final rubricada entre las partes.
Por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1°.- Ratifíquese el Convenio Urbanístico firmado entre el Departamento Ejecutivo Municipal y los señores Ariel Fabián Altobello, DNI N° 16.805.519, con domicilio en P. Lascala 4150 de la ciudad de Venado Tuerto, y Marcelo Daniel Altobello, DNI Nº 20.666.851, con domicilio en General Miller 1010 de la localidad de Dorrego, provincia de Mendoza, en fecha 3 de setiembre de 2024, para el Proyecto de Urbanización en los lotes 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13 y 14 de la manzana G del plano de subdivisión N° 63.467/1.970, manzana catastral N° 861 y lotes 1, 2 y 3 de la manzana H del mismo plano, manzana catastral N° 856, ambos en la Chacra N° 6, de su propiedad y en un todo de acuerdo al Anexo Técnico Adjunto, que forma parte integrante de la presente Ordenanza.
Art.2°.-Dispóngase que la aprobación precedente tiene como condición resolutoria la ejecución de las obras de infraestructura detalladas en el Convenio Urbanístico suscripto, asumida por los propietarios del inmueble.
Art.3°.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los dieciocho días del mes de septiembre del año dos mil veinticuatro.