Ordenanza
ORDENANZA Nº 5216/20 - Autoriza al Intendente Dr. Chiarella a suscribir una adenda al convenio con la dirección provincial de vivienda y urbanismo de la secretaria de hábitat de la provincia de Santa Fe. Ratificado por la Ordenanza 4348/2013 con dest
Visto:
La solicitud de actualización del monto del préstamo aprobado en el marco del Convenio de Cooperación y Gestión de Financiamiento para Soluciones Habitacionales suscripto entre el Departamento Ejecutivo Municipal, el Gobernador de la provincia de Santa Fe y la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo de la Secretaría del Hábitat de la Provincia de Santa Fe, ratificado por Ordenanza Nº 4348/13, con destino al financiamiento y ejecución de treinta viviendas por medio de la implementación del “Programa Mi Tierra, Mi Casa”; y,
Considerando Que:
Dicho Convenio fue firmado en el convencimiento recíproco de las partes de establecer y desarrollar relaciones de cooperación que fomenten el acceso urbanizado y vivienda digna, la mejora de la calidad de vida de la población y el derecho a un ambiente sano para el desarrollo humano, con destino a sectores que encuentran dificultades en materia de hábitat y vivienda.
En el convenio referido se había pactado el otorgamiento de un préstamo, por parte de las autoridades provinciales y en favor del Municipio de Venado Tuerto, en el marco del Programa “Mi Tierra Mi Casa”, un aporte financiero reembolsable de hasta $ 3.000.000, para ser aplicado al financiamiento del componente de materiales de construcción de un total de hasta 30 (treinta) soluciones habitacionales. El mismo debía ser restituido en un plazo de 10 (diez) años, con una tasa fija en pesos del 6% (seis por ciento) anual, monto que sería retenido automáticamente de la coparticipación de impuestos y aportes que correspondieren al Municipio.
El convenio fue puesto en vigor, bajo la modalidad de remisión de fondos, en carácter de anticipo, y posteriores remisiones contra las respectivas presentaciones de Certificaciones de Avances de Obra. Dado el tiempo transcurrido desde la firma del convenio (más de seis años), la cifra originaria ha quedado desactualizada; por ello, este Departamento Ejecutivo oportunamente inició las gestiones ante las áreas competentes, con el fin de lograr una readecuación de la misma.
Con fecha 29 de enero de 2020, se ha recepcionado por vía de correo electrónico la comunicación, remitida por la Dirección General de Asesoramiento Jurídico, dependiente de la Secretaría de Integración y Fortalecimiento Institucional del Ministerio de Gestión Pública, que se ha autorizado una ampliación del monto prestado (Expte. 00103-0045726-8), solicitándose la sanción de la pertinente ordenanza a sus efectos.
El monto total del crédito a otorgar por parte de la citada Dirección Provincial asciende a la suma total de $ 14.288.212,55 (pesos catorce millones doscientos ochenta y ocho mil doscientos doce con cincuenta y cinco centavos)con un plazo de devolución de 10 (diez) años y con un interés del 6 % (seis por ciento) anual.
A los efectos de su efectivización y en cumplimiento de las disposiciones de la Ley Orgánica de Municipalidades, Nº 2756, resulta necesario autorizar al Señor Intendente Municipal a suscribir el respectivo convenio de endeudamiento hasta la suma dineraria citada anteriormente, la afectación de los fondos de Coparticipación Provincial y/o Nacional que eventualmente correspondan al Municipio, como así también, la retención automática de los importes correspondientes a las cuotas de devolución del crédito.
Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1.- Autorícese al Señor Intendente Municipal de la ciudad de Venado Tuerto, Dr. S. Leonel Chiarella, DNI 34.173.111, a suscribir una Adenda al Convenio con la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo (DPV) de la Secretaría del Hábitat de la Provincia de Santa Fe, que fuera ratificado por Ordenanza 4348/13, incrementándose el monto del crédito otorgado hasta la suma total de $ 14.288.212,55 (pesos catorce millones doscientos ochenta y ocho mil doscientos doce con cincuenta y cinco centavos) con destino al financiamiento y ejecución de 30 (treinta) viviendas en el marco del Programa Mi Tierra, Mi Casa”, autorizando el endeudamiento hasta la citada suma dineraria.
Art.2.- Adhiérase la Municipalidad de Venado Tuerto al Régimen de Coparticipación regulado por las Leyes Nº 7457 y 10197, autorizando la afectación de los Fondos de Coparticipación Provincial y/o Nacional correspondientes, para la devolución de las cuotas del préstamo citado en el artículo 1°, facultando a convenir el descuento automático de la correspondiente coparticipación que beneficie a esta Municipalidad.
Art.4.- Autorícese a la Contaduría General de la Provincia de Santa Fe, con aprobación del Poder Ejecutivo Provincial, a retener automáticamente -en caso que corresponda- de la cuenta de Coparticipación de Impuestos y Aportes de la Municipalidad de Venado Tuerto, los montos que correspondan por las cuotas de devolución del crédito que otorgue la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo (DPVyU).
Art.5.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los cuatro días del mes de febrero del año dos mil veinte.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: 3967-I-03
- Derogada: NO
- Vetada: NO