Ordenanza

Starter Section

ORDENANZA Nº 5235/20 - Dispone autorizar al DEM a firmar un convenio de obras por el término de 1 año con la CEVT para la ejecución de obras de alumbrado publico correspondiente al período 2020-2021

Visto;

El plan de remodelación del Alumbrado Público, concertado entre el Municipio y la Cooperativa Limitada de Electricidad y Servicios Anexos de Venado Tuerto –CEVT,y;

Considerando:

Que la Cooperativa Eléctrica ha presentado el Plan de Inversiones en Alumbrado Público a desarrollar en la ciudad en el período ago 20 - jul 21. Luego de  varias reuniones entre el Departamento Ejecutivo, la CEVT y miembros del Concejo Deliberante, la Autoridad de Aplicación - creada por Ordenanza 3801/2010 - visó el referido proyecto.

Que en el marco de dicho plan, planteado para el período descripto, la CEVT ejecutará la instalación de nuevas columnas de alumbrado público en diversos barrios atendiendo necesidades de la población, como también obras específicas en el área céntrica y otras áreas urbanas de interés general para la ciudad.

Que el mismo, cuyo presupuesto asciende a la suma de $ 16.605.443,00 (pesos dieciséis millones seiscientos cinco mil cuatrocientos cuarenta y tres), se detalla seguidamente:

a)      renovación y Ampliación de iluminación de Plaza San Martin;

a-1) alumbrado de canteros parquizados en calles perimetrales, 80 luminarias led modelo SX100-LED – $ 2.014.870;

a-2) colocación de Iluminación en veredas perimetrales, 54 columnas metálicas de 4m de altura libre, 54 luminarias led – $ 1.840.249;

a-3) colocación de Iluminación en veredas internas (diagonales), 28 columnas metálicas de 4m de altura libre, 28 luminarias led – $ 922.506;

a-4) colocación de Iluminación en sendas internas dobles, 32 columnas metálicas de 4m de altura libre, 32 luminarias led – $ 1.335.988;

a-5) colocación de Iluminación en áreas internas parquizadas, 40 columnas metálicas de 5m de altura libre, 40 luminarias led – $ 2.410.156;

a-6) colocación de Iluminación en patio central de la plaza, 6 columnas metálicas de 10m de altura libre, 6 luminarias led – $ 484.405;

a-7) colocación de Iluminación ornamental, 12 proyectores led modelo (SX50-P-LED), 9 proyectores led modelo SX100-P-LED – $ 329.814;

 

b)      renovación y ampliación de alumbrado público en Av. Lisandro de la Torre entre calles Quintana y Ruta Nacional N° 33, 18 columnas de hormigón armado de 9m de altura libre, 82 luminarias led modelo SX200-LED -  $ 3.464.455;

 

c)      instalación de 100 nuevas luminarias de alumbrado público, columnas de hormigón armado, pretensada, de 9 metros de altura total. Potencias adecuadas. Precio unitario: $ 38.030.- Total: $ 3.803.000.

Que finalmente corresponde dejar constancia que la presente Ordenanza es votada por la afirmativa por los Señores Concejales Pellegrini, Meardi, Iturbide, Calaianov y Paris, y por la negativa por los Señores Concejales Rostom, Marenghini, Rada, Cufre y Jeannot. Aprobado por el uso del voto doble del Señor Presidente.

Que, por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

 

ORDENANZA

 

Art.1.-Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a firmar un convenio de obras por el término de un año con la Cooperativa Ltda. de Electricidad y Servicios Anexos de Venado Tuerto, CEVT, para la ejecución de obras de alumbrado público en la ciudad de Venado Tuerto correspondiente al período agosto 2020 - julio 2021.

 

Art.2.- Fíjese el 3,4 % (tres con cuatro por ciento) del consumo de energía eléctrica y cargo fijo a los usuarios de la CEVT como contribución para obras de alumbrado público, para las siguientes categorías: residencial, empleados, bomberos, entidades varias, industrial, comercial, intermedia y autoridades.

Para la categoría grandes potencias el porcentaje será del 1 % (uno por ciento) sobre el cargo fijo y el consumo, con un tope máximo de $ 3.000 (pesos tres mil), a partir del mes de agosto del año 2020.

Las tarifas del Parque Industrial la Victoria tendrán un tratamiento particular.

La contribución será percibida con la factura de energía eléctrica que emita la CEVT.

 

Art.3.- Exceptúese de la contribución establecida en el artículo anterior a las siguientes categorías de usuarios: jubilados, beneficiarios de tarifa social, electrodependientes y entidades de bien público.

 

Art.4.- Dispóngase que en forma bimestral, la CEVT deberá presentar ante la Autoridad de Aplicación un detalle de los montos efectivamente recaudados y su relación con los costos invertidos; estas cifras servirán de base para una eventual reprogramación de las obras, por parte del Departamento Ejecutivo Municipal.

 

Art.5.- Facúltese al Departamento Ejecutivo a solicitar la ejecución de alguna obra en especial, sin perjuicio de las que se incluyan en las convenidas para el presente período; en este supuesto, la CEVT deberá presupuestar y ejecutar la misma, previa suscripción de un convenio específico.

 

Art.6.- Dispóngase que en caso de percibir la CEVT, al final del período, un monto mayor al presupuestado, deberá compensarlo con obras a determinar por el Municipio; en caso contrario, el cobro se efectuará con igual método hasta saldar la deuda.

 

Art.7.- Autorícese a la CEVT a la continuidad del cobro de las alícuotas determinadas en el artículo 2 desde el 1º de agosto de 2020 hasta el 31 de julio de 2021, cuyos montos serán asignados a un nuevo convenio para el próximo ejercicio de obras de alumbrado público.

 

Art.8.-  Comuníquese, publíquese y archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veintidós días del mes de julio del año dos mil veinte.


INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: 3957-I-03

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA