Ordenanza

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ORDENANZA Nº 5275/20 - Dispone autorizar la venta a la Señora Nora Sosa de una fracción de terreno perteneciente al dominio privado del estado Municipal, situada en Long 2335, por la suma de $380.000 equivalente a 22.353 UTM

Visto:

El expediente administrativo Nº 171.648 letra S del año 2013, y su tratamiento en la Comisión Municipal de Tierras bajo el Nº 022/13, y;

 

Considerando Que:

En el mes de julio del año 2013, la señora Nora Carina Sosa solicitó al Departamento Ejecutivo Municipal que se evalúe la posibilidad de adquirir una fracción de terreno baldío situado en la Chacra 73, propiedad de la Municipalidad de Venado Tuerto (Res. Municipal Nº 301), el cual linda con la casa de sus padres y en el que se encuentra emplazada una casa precaria en la que la peticionante habita con sus dos hijos, -hecho que fuera corroborado en informe socio-ambiental emitido por el Servicio Social de la Municipalidad-, configurándose una situación que el Estado no puede desatender, debiendo arbitrar los medios para resolver el problema habitacional de una familia monoparental centrada en una mujer, en estado de vulnerabilidad socioeconómica.   

Planteada la cuestión en la Comisión Municipal de Tierras, el 12/09/13, se emitió dictamen dando curso favorable a la petición, previa tasación del lote para determinar su valor venal, exigiendo una entrega del 20 % del que resultare, y pactando el pago del saldo restante en cuotas.

Dado que la venta no se concretó, en reunión de la Comisión Municipal de Tierras celebrada el 30/05/19 se resolvió requerir nuevas valuaciones del inmueble, actualizando el valor venal del mismo, y a su vez, seguir ratificando con la misma metodología el convenio a suscribir. Asimismo, se realizó un informe socio – ambiental, por parte de la Secretaría de Desarrollo Social.

El nuevo valor resultó de $ 380.000,00; dado que la señora Sosa manifestó su imposibilidad de afrontar el pago inicial, requiriendo que se analice la posibilidad de convenir la totalidad del pago en cuotas, acorde con el ingreso mensual que como empleada pública percibe, en reunión de día 7 de noviembre del año 2019, los miembros de la Comisión Municipal de Tierras subscribieron por unanimidad el dictamen emitido, aconsejando dar curso a lo peticionado por la solicitante y convirtieron el valor del inmueble en Unidades Tributarias Municipales, resultando un total de 22.353 UTM, suma que deberá ser abonada en 76 cuotas mensuales y sucesivas, cuyo importe equivale a 294 UTM cada una.

Por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente

 

ORDENANZA

 

Art.1.- Autorícese la venta a la señora Nora Carina Sosa, DNI Nº 22.305.468, domiciliada  en Bartolomé Long 2335 de esta ciudad, de una fracción de terreno con todo lo edificado, clavado y plantado, que parte de la Chacra 73 del plano, designado con el número 81.488 del año 1975, Manzana K, Lote “w”, situado en calle Bartolomé Long Nº 2335 de la ciudad de Venado Tuerto; mide 10,00 (diez) metros de frente por 53,09 (cincuenta y tres con cero nueve) metros de fondo, encerrando una superficie total de 530,09 (quinientos treinta con cero nueve) metros cuadrados, y pertenece al dominio privado del Estado Municipal, por la suma  de $ 380.000,00 (pesos trescientos ochenta mil), equivalente a 22.353 UTM (veintidós mil trescientos cincuenta y tres Unidades Tributarias Municipales).

 

Art.2.- El precio de la presente compraventa será abonado por la señora Nora Carina Sosa en 76 (setenta y seis) cuotas mensuales y sucesivas, equivalentes a 294 UTM (doscientas noventa y cuatro Unidades Tributarias Municipales) cada una, con vencimiento la primera de ellas al momento de la suscripción del Boleto de Compraventa, y las restantes, el mismo día de los meses subsiguientes. Cada pago mensual se calculará al valor vigente de la UTM a su efectivización.

 

Art.3.- Será condición resolutoria de la venta autorizada en el Art. 1º de la presente, el cumplimiento en tiempo y forma por parte de la señora Sosa, de los pagos fijados en el artículo precedente. En caso de incumplimiento por atraso de una cuota, será pasible de perder todo derecho sobre el inmueble en cuestión, y con posibilidad, por parte del Municipio, de reclamar la devolución de los pagos efectuados hasta la fecha.

 

Art.4.- La posesión, libre de tasas, impuestos y/o gravámenes, será entregada por la Municipalidad a la compradora al momento de suscribirse el Boleto de Compraventa.

 

Art.5.- La escritura traslativa del dominio se otorgará a favor de la señora Nora Carina Sosa, una vez satisfecho íntegramente el pago del precio de la compraventa.

 

Art.6.- Los gastos del sellado de ley, escrituración, y cualquier otro que pudiere corresponder, serán soportados por la compradora.

 

Art.7.- Los ingresos que provinieren de la presente deberán imputarse a la Partida Presupuestaria Nº 8787 - Fondo de Tierras

 

Art.8.-  Comuníquese, publíquese y archívese.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veinticinco días del mes de noviembre del año dos mil veinte.


INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: 811-C-93

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA