Ordenanza
ORDENANZA Nº 5285/20 - Dispone modificar el inciso H del art. 5 de la oportunamente sancionada N° 3296, que regula la instalación de mesas en carribares
Visto:
La redacción actual del inciso h) del artículo 5 de la Ordenanza N° 3296/05, y;
Considerando:
Que el mencionado inciso prohíbe a los «carribares» «la instalación de más de tres mesas con sus respectivas sillas en el ámbito y/o espacio demarcado por la autoridad de aplicación, siempre y cuando circunstancias de tiempo y espacio así lo permitieren, quedando a criterio exclusivo del Municipio la permisibilidad o no de la colocación de las mismas, y en caso afirmativo deberá estarse al número máximo dispuesto» en el mismo.
Que es de interés de este Concejo Municipal fomentar e incentivar la actividad económica de los actores privados.
Que la situación de pandemia que atravesamos obliga al distanciamiento social, y que en los espacios privados de acceso público y en los espacios públicos, su acatamiento debe ser promovido y controlado debidamente por las autoridades municipales.
Que, aun así, el espacio disponible para la ubicación de mesas y sillas en los “carribares” es mayor al requerido para instalar las tres dispuestas por la redacción actual del mencionado inciso de la ordenanza municipal vigente.
Que, siempre cuidando las distancias y cumpliendo los protocolos oportunamente establecidos por las autoridades municipales, resulta factible instalar hasta cinco mesas con cuatro sillas, permitiendo así una mayor concurrencia a los “carribares”.
Que finalmente corresponde dejar constancia que la presente Ordenanza es votada por la afirmativa por los Señores Concejales Pellegrini, Meardi, Iturbide, Calaianov, Rostom, Rada, Cufre, Paris y Marenghini y se abstiene de votar el Señor Concejal Jeannot por estar relacionado a dicha actividad.
Que por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la presente
ORDENANZA
Art.1.- Modifíquese el inciso h) del artículo 5 de la Ordenanza N° 3296/05, que quedará redactado de la siguiente manera:
“h) Instalar más de cinco mesas, cada una con cuatro sillas, en el ámbito y/o espacio demarcado por la autoridad de aplicación, siempre y cuando circunstancias de tiempo y espacio así lo permitieren, quedando a criterio exclusivo del Municipio la permisibilidad o no de la colocación de las mismas, y en caso afirmativo deberá estarse al número máximo aquí dispuesto”.
Art.2.- Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los dos días del mes de diciembre del año dos mil veinte.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: 3720-C-01
- Derogada: NO
- Vetada: NO