Ordenanza
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Ordenanza Nº 2149/93 - Dispone la instalación de diyuntores en dependencias municipales.
Art. 1º.- Dispóngase la instalación obligatoria de interruptores automáticos de corriente en todos los edificios dependientes Municipalidad de Venado Tuerto.-
Art. 2º.- Fijase el plazo de 30 días a partir de la promulgación de esta Ordenanza para que en todos aquellos edificios que no cuenten con las citadas instalaciones se proceda a cumplimentar el Art. 1º de la presente.
Art. 3º.- Se incluyen en la presente normativa todos aquellos inmuebles municipales arrendados a terceros, con carácter oneroso o gratuito, siendo a cargo de sus ocupantes los costos que demande su cumplimiento.
Art. 4º.- Comuníquese, publíquese y archívese.
FUNDAMENTOS
- Innecesario resulta destacar las ventajas y conveniencia por razones de seguridad, que otorga la instalación de disyuntores diferenciales de corriente en todos los edificios dependientes del Municipio, o donde este lleve a cabo actividades de distinta naturaleza, prioritariamente aquellos donde haya presencia de niños, ancianos o discapacitados.
- Se encuentran comprendidos en la citada exigencia inmuebles municipales arrendados a terceros en forma gratuita u onerosa.
Dada en la Sala de sesiones del HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL de VENADO TUERTO, a los ocho días del mes de junio del año mil novecientos noventa y tres.
Art. 2º.- Fijase el plazo de 30 días a partir de la promulgación de esta Ordenanza para que en todos aquellos edificios que no cuenten con las citadas instalaciones se proceda a cumplimentar el Art. 1º de la presente.
Art. 3º.- Se incluyen en la presente normativa todos aquellos inmuebles municipales arrendados a terceros, con carácter oneroso o gratuito, siendo a cargo de sus ocupantes los costos que demande su cumplimiento.
Art. 4º.- Comuníquese, publíquese y archívese.
FUNDAMENTOS
- Innecesario resulta destacar las ventajas y conveniencia por razones de seguridad, que otorga la instalación de disyuntores diferenciales de corriente en todos los edificios dependientes del Municipio, o donde este lleve a cabo actividades de distinta naturaleza, prioritariamente aquellos donde haya presencia de niños, ancianos o discapacitados.
- Se encuentran comprendidos en la citada exigencia inmuebles municipales arrendados a terceros en forma gratuita u onerosa.
Dada en la Sala de sesiones del HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL de VENADO TUERTO, a los ocho días del mes de junio del año mil novecientos noventa y tres.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: Exp. – 679 – C – 93
- Derogada: NO
- Vetada: NO