Ordenanza

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Ordenanza Nº 2153/93 - Dispone medidas de seguridad vial en Ruta Nacional Nº 8

FUNDAMENTOS

A partir del ensanche de la Ruta Nacional Nº8, la dinámica y envergadura de circulación vehicular que adquirió esta cinta asfáltica, hacen de la necesidad de tomar medidas, tendientes a preservar la vida humana con impedimentos y controles que garanticen la transitabilidad de una ruta que cruza por el centro de una ciudad.

Las características propias de los vehículos que circulan por esta ruta, están referidas a que la misma une puntos importantes de nuestro país como lo son Buenos Aires, con Córdoba y el Norte argentino, pudiendo comprobar el paso de camiones de gran porte, que desarrollan gran velocidad, producto del avance de la tecnología automotriz.

En tal sentido, el poder público debe tomar la iniciativa y proponer alternativas de solución y evitar que la comunidad tome medidas por su propia cuenta, como ha ocurrido – según versiones del Director de Tránsito y un medio escrito local- donde manos anónimas han arrojado “miguelitos” como alternativa extrema, producto de la importancia en la que se ve sumergido el ciudadano.

Esta ruta, que en su recorrido une barrios de un extremo a otro de la ciudad, debe ser atacada en su totalidad. Es por eso que propone instaurar “pianitos” o “serruchos” en distintos tramos de su recorrido. Botones divisorios a lo largo de su paso por la trama urbana; señalización con líneas blancas y cruce peatonal en su intersección con calle Pueyrredon para el cruce de los escolares que concurren a la Escuela Nº 968, etc., la instalación de semáforos en calle Uruguay, tal lo previsto por el estudio del A.C.A., etc.

Todas estas cuestiones que permitan un mayor cuidado en la circulación y cruce por esta Ruta más allá del propio cuidado que deben tener los conductores y vecinos que lo usan.

Que por todo ello, el Honorable Concejo Municipal en uso de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Art. 1º.- Dispónese la colocación de pianitos o serruchos en la Ruta Nacional Nº 8; a partir de 100 metros antes del Área Maestranza y cada 500 metros a lo largo de la misma.

Art. 2º.- Dispónese la colocación de botones de hierro fundido; divisorios de mano, a lo largo de la Ruta por el ejido urbano y dejando lugar a los cruces principales.

Art. 3º.- Dispónese la señalización de cruces peatonales mas usuales, como la intersección de calle Pueyrredón, etc., a través de las líneas blancas horizontales y los carteles verticales.

Art. 4º.- Dispónese la colocación de semáforos en la intersección de calle Uruguay y Ruta 8.-

Art. 5º.- Encomiendese al Departamento Ejecutivo, la ejecución de un estudio de factibilidad técnica – económica para la construcción de puentes peatonales en los cruces más usuales.

Art. 6º.- Facultase al Departamento Ejecutivo a gestionar ante la Empresa Caminos del Oeste, Concesionaria del Mantenimiento de la Ruta Nacional Nº 8, la ejecución de las obras ordenadas por esta normativa.
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Art. 7º.- Comuníquese, publíquese y archívese.

Dada en la sala de Sesiones del HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL de Venado Tuerto, a los veintinueve días del mes de junio del año mil novecientos noventa y tres.


INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: Exp. – 722 – C – 93

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA